La justicia rechaza conceder la relación laboral a una becaria que llevaba encadenando contratos en la UCM durante seis años

La joven había disfrutado de varias becas a lo largo de los años realizando diferentes labores como la creación de guías, organización de eventos, apoyo en las actividades medioambientales, y la edición de un libro por Ediciones Complutense

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Imagen de recurso de becarios (Getty)
Imagen de recurso de becarios (Getty)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado reconocer la relación laboral de una estudiante que encadenó hasta seis años de becas en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Los magistrados han defendido que sus labores eran solamente para formarse, por lo que no puede ser considerada una empleada más.

El recurso de la demandante se centraba en la solicitud de que se le reconociera su labor como empleada y no como becaria, además de la reclamación de diferencias salariales por valor de 23.501,10 euros correspondientes al periodo de enero a diciembre de 2022. Argumentaba que su trabajo era esencial para la universidad y que realizaba tareas propias de un empleado, señalando que había asumido funciones administrativas y colaborado en proyectos de alto nivel.

Labores que desempeñaba

La mujer había disfrutado de varias becas a lo largo de los años: desde becas básicas hasta becas de alta especialización, todas ellas bajo el amparo del Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM. En los últimos años realizaba su trabajo sin una supervisión constante.

Entre las labores que llevó a cabo se encontraban las de la participación en la creación de guías, organización de eventos, apoyo en las actividades medioambientales, y la edición de un libro por Ediciones Complutense. Además, señaló que había sido invitada a participar en conferencias y talleres internacionales.

Un trabajo no necesario para el funcionamiento diario

Sin embargo, los jueces han considerado que no se le puede conceder la relación laboral. El fallo recalca que la becaria no registraba jornada laboral con el sistema de fichaje de la UCM y que su trabajo no era necesario para el funcionamiento diario de la universidad, lo que ha sido clave para desestimar su demanda. Además, el tribunal ha destacado que las actividades realizadas estaban justificadas en las convocatorias de becas y en el nivel de titulación alcanzado.

La sentencia reafirma que, aunque su trayectoria como becaria fuese extensa y su independencia en el trabajo aumentara con el tiempo, esto no transformaba la naturaleza de su relación con la universidad en una laboral. Respecto a la mención en una nota de prensa de Tribuna Complutense que la identificaba como trabajadora de la unidad de campus y medio ambiente, el tribunal ha considerado que no aportaba elementos suficientes para cambiar el fallo.

Pese a las largas negociaciones, Yolanda Díaz no alcanzó un acuerdo en torno al Estatuo del Becario hasta hace una semana

En conclusión, el TSJ de Madrid ha sostenido que la finalidad formativa de las becas se mantuvo intacta y que las labores de la demandante no generaron un beneficio directo para la UCM que alterara la naturaleza de su beca. La decisión destaca la línea divisoria entre una beca formativa y una relación laboral, enfatizando que una beca debe tener un propósito formativo sin que el trabajo realizado se integre en la estructura productiva de la entidad que la concede.

El trabajador y el becario

Un trabajador es una persona que tiene una relación contractual con una empresa o empleador y recibe un salario a cambio de su labor. Esta relación está reglamentada por leyes laborales que garantizan una serie de derechos y beneficios, como seguros sociales, vacaciones pagadas, indemnización por despido y protección contra despidos injustificados. Los trabajadores suelen realizar tareas específicas dentro de la organización y su contribución es esencial para el funcionamiento de la misma.

Por otro lado, un becario es una persona que se encuentra en un periodo de formación y realiza prácticas en una empresa como parte de su desarrollo académico y profesional. Los becarios pueden recibir una compensación económica, aunque no siempre es así y la principal diferencia radica en que la relación entre el becario y la empresa no se basa en un contrato laboral tradicional, sino en un acuerdo formativo. Este tipo de relación no siempre conlleva los mismos derechos y beneficios que los de un trabajador, ya que su objetivo principal es el aprendizaje y la adquisición de experiencia.

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