Se cae de la moto y le multan: la explicación de la Guardia Civil a un motorista que no entendía nada

Las denuncias que hacen los agentes solamente pueden estas basadas en aquellos hechos que ven

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Fotograma del vídeo publicado por
Fotograma del vídeo publicado por educ ACCION vial en TikTok. (@educaccionvial_/TikTok)

Circula en las redes sociales un vídeo en el que una patrulla de la Guardia Civil multa a un motorista por, supuestamente, caerse de la moto. El vídeo no ofrece muchos más detalles ni datos, ya que es un fragmento de un reportaje descontextualizado. Lo único que puede apreciarse en la publicación es la conversación entre la Benemérita y el sancionado.

“¿Por qué se ha caído?”, pregunta la agente al motorista, a lo que uno de sus compañeros añade: “le tengo que tomar nota para la infracción”. Ante esta última palabra, el motorista accidentado muestra su perplejidad “¿Infracción? o sea que me caigo, venís, y me denunciáis”.

La agente argumenta que “todos los accidentes pasan por algo”, aunque, sin pruebas aparentes, supone que la moto podría llevar ruedas nuevas y el conductor no habría tomado las medidas preventivas, así como que habría excedido el límite de velocidad en una curva. “Yo creo que es más que evidente que si una persona se cae es porque sin querer ha cometido un error”. “Que puede dará las gracias, vaya, que todo sea económico”, le consolaba otro agente que se encontraba en la escena.

Es cierto que el fragmento está recortado, por lo que no es posible determinar que la multa ha sido en realidad por lo que se supone que alegan los agentes. En todo caso, ¿es legal que un agente de Tráfico multe a alguien basándose en una suposición sin pruebas?

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La presunción de veracidad de un Guardia Civil

El divulgador de educación vial en la red social TikTok @educaccionvial_ explica que hay una cosa “incuestionable”: las denuncias que hacen los agentes solamente pueden estas basadas en aquellos hechos que ven”, es decir, aquellos hechos que se pueden constatar.

El experto explica que la ley de procedimiento administrativo en materia de tráfico, recogida en el Real Decreto 320/1994, habilita a los agentes a ello y les otorga la conocida como “presunción de veracidad”, que puede ser aplicada “en las declaraciones de los implicados y o testigos.

“Si en mi manifestación del accidente le digo a un agente que, al cambiarme de carril, he puesto la intermitencia, pero el otro vehículo no me ha cedido el paso, lo normal es que me pongan a mi una denuncia por no respetar la prioridad del paso del otro vehículo al estar invadiendo su carril”, señala el experto, que añade que este es un caso muy común en los golpes que se producen en las glorietas.

No obstante si el conductor acude a un agente y le explica que se ha caído con la moto, éste no podrá hacer un juicio de valor y suponer que la causa del accidente ha sido una conducción negligente. En resumen, un agente no puede multar a alguien si no tiene pruebas que esa conducción ha sido temeraria y si no tiene como probar esa velocidad no testigos que lo defiendan. “Esa denuncia no tiene ningún recorrido si esos agentes no tienen manera de constatar de manera fehaciente ese comportamiento”, sentencia.

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