Este es el dinero máximo que puede ingresar tu familia para poder cobrar la pensión de jubilación sin haber cotizado lo suficiente

Muchas personas descubren en el momento de la jubilación que no alcanzan los 15 años mínimos de cotización necesarios para obtener una pensión contributiva

Guardar

Nuevo

Dos jubilados charlan en la calle. (EFE/Luis Tejido).
Dos jubilados charlan en la calle. (EFE/Luis Tejido).

Los trabajadores que alcanzan la edad de jubilación sin tener los años de cotización mínimos requeridos por ley para una pensión contributiva, ya sea debido a haber sido excluidos del mercado laboral prematuramente o a una carrera laboral inestable, también pueden acceder a una prestación económica al llegar el retiro.

Muchas personas descubren en el momento de la jubilación que no alcanzan los 15 años mínimos de cotización necesarios para obtener una pensión contributiva. Este tiempo debe ser al menos de 15 años o 5.475 días cotizados para trabajadores dados de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada. Además, dos de estos años de cotización deben haberse cumplido dentro de los 15 años antes de solicitar la pensión, lo que se denomina carencia cualificada.

Esto implica que una persona que ha cotizado menos de 15 años en total, o que no tiene dos años cotizados dentro de los 15 años previos a la jubilación o al cese de la obligación de cotizar, no tiene derecho a una pensión contributiva. En estos casos, puede optar a una pensión asistencial bajo ciertas condiciones.

El solicitante debe tener 65 años o más y demostrar una residencia legal en España durante al menos 10 años entre los 16 años y la solicitud de la pensión, con residencia ininterrumpida en los dos años previos a la solicitud. No debe tener derecho a una pensión contributiva y debe demostrar falta de rentas: sus ingresos anuales no pueden superar los 7.250,60 euros en 2024. Si convive con su cónyuge u otros familiares (padres, hijos, nietos, abuelos o hermanos), se tomarán en cuenta los ingresos de todos, ajustando los límites monetarios de la unidad familiar.

Si el solicitante vive con su cónyuge y/u otros parientes de segundo grado, el ingreso máximo de la unidad económica es de 12.326,02 euros al año para dos personas; 17.401,44 euros para tres; y 22.476,86 euros para cuatro. Si hay padres o hijos entre los convivientes, los máximos son 30.815,05 euros para dos personas; 43.503,60 euros para tres; y 56.192,15 euros para cuatro. Las personas que cohabitan con el solicitante pero no están vinculadas por matrimonio o parentesco de segundo grado no se cuentan como parte de la unidad económica, y sus ingresos no se toman en cuenta para el requisito de carencia de rentas.

Pensión no contributiva

Para acceder a una pensión no contributiva de jubilación, el solicitante no debe estar recibiendo ingresos de otras pensiones y ayudas incompatibles como la pensión no contributiva de invalidez, pensiones asistenciales, subsidios de garantía de ingresos mínimos y ayuda para tercera persona, ni ser beneficiario de asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%.

La cuantía de la pensión se calcula según las rentas individuales o familiares. En 2024, se establece en 7.250,60 euros anuales (517,90 euros mensuales en 14 pagas). La cuantía mínima es de 1.812,65 euros anuales (129,48 euros mensuales), no pudiendo ser inferior al 25%. Estas ayudas tienen el objetivo de proporcionar seguridad económica mínima para aquellos que no han conseguido cumplir con las cotizaciones necesarias, asegurando así una calidad de vida digna en la jubilación.

Jubilación antes de los 65 y sin recortes: así es la propuesta de Podemos para los que cotizaron más de 40 años.
Guardar

Nuevo