Ya ha llegado el verano, y con él, la paga extra. Todos los trabajadores y la mayoría de los pensionistas tienen derecho a recibir, al menos, dos pagas extraordinarias al año. Así lo establece el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, que explica que estas remuneraciones adicionales pueden repartirse en dos ocasiones concretas o dividirse y distribuirse de manera prorrateada en las doce mensualidades, dependiendo del convenio colectivo aplicable o del acuerdo entre el empleado y la empresa.
La paga extra es un ingreso adicional que se suma al salario habitual y que suele destinarse a gastos extraordinarios propios de las fechas, aunque hay gente que lo emplea en inversiones personales, el ahorro, o la satisfacción de necesidades específicas.
Qué pensionistas cobran la paga extra
Como aclara la Seguridad Social en su página web, “Las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre. Cuando derivan de accidente de trabajo y enfermedad profesional, se satisfacen en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades ordinarias”.
Esto quiere decir que los pensionistas que cuentan con 14 pagas -y que, por tanto, recibirán este ingreso extraordinario a finales de junio- son las de jubilación, viudedad, orfandad, en favor de familiares y las de incapacidad permanente, siempre que se haya otorgado por enfermedad común o accidente no laboral. Mientras que las pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se abonan en 12 pagas anuales, al igual que el Ingreso Mínimo Vital (tienen la paga extra prorrateada en el salario de cada mes.
Qué pensionistas cobran menos
El organismo estatal explica que las pagas extraordinarias, cuando se han acumulado durante períodos completos, se pagan con un importe igual a la mensualidad regular de esos mismos meses. Es decir, cada paga extra tendrá el mismo valor que un salario mensual regular.
Sin embargo, los pensionistas que hayan adquirido su condición recientemente, verán recortado el ingreso. La Seguridad Social establece que basta con que se haya pagado un solo día de pensión para que se compute una sexta parte de la paga extraordinaria completa. Esto supone que incluso si solo se ha recibido un día de pensión, ese día se considerará para calcular una sexta parte de la paga extra correspondiente.
Por otro lado, en los casos en los que se reconozca inicialmente una pensión o se reanude el pago de una pensión que había sido suspendida, las pagas extraordinarias de junio y noviembre se abonarán de la siguiente manera:
Cada paga extraordinaria se calculará, respectivamente, considerando una sexta parte por cada mes transcurrido entre:
- Para la paga de junio: entre la fecha de inicio o reanudación de la pensión y el mes de junio.
- Para la paga de noviembre: entre la fecha de inicio o reanudación de la pensión y el mes de noviembre.
Esto significa que por cada mes completo entre la fecha de reconocimiento inicial o reanudación y las fechas mencionadas (junio o noviembre), se recibirá una sexta parte de la paga extra correspondiente.