El documento que recibirán los poseedores de un plan de pensiones a partir de 2025

Este documento deberá permitir a los partícipes de planes de pensiones de empleo disponer de información pertinente y adecuada para facilitarles la comprensión de sus derechos de pensión a lo largo del tiempo y así poder adoptar decisiones mejor fundadas sobre su jubilación

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Una pareja consulta el dinero acumulado en su plan de pensiones. (Getty)
Una pareja consulta el dinero acumulado en su plan de pensiones. (Getty)

Los planes de pensiones son uno de los mecanismos de ahorro e inversión a largo plazo más atractivos para los trabajadores españoles. Esta herramienta permite a los ciudadanos disponer de un fondo adicional tras retirarse del mercado laboral, y también posibilita el acceso a las aportaciones en situaciones excepcionales. Además, ofrece la posibilidad de sacar rentabilidad al ahorro sin necesidad de contar con conocimientos o experiencia en el campo de la inversión, al quedar el capital en manos de gestores especializados. Cuentan con un ventajoso tratamiento fiscal; están incentivadas y permiten la reducción de la base imponible del IRPF de cara a la declaración de la Renta.

Desde el próximo año 2025, todas las personas (tanto empleadas como autónomas) que cuenten con un plan de pensiones de empleo recibirán la Declaración de las prestaciones de pensión, al menos una vez al año. Así lo ha decidido la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a través de la Circular de 19 de febrero de 2024, por la que “se establecen las normas para calcular las previsiones de prestaciones de pensión, a efectos de la información que se suministra a los partícipes de los planes de pensiones de empleo en la declaración de las prestaciones de pensión”.

Según esta nueva normativa, son las entidades gestoras de esos fondos las que están obligadas a proporcionar el documento que contará con una serie de información “relevante, exacta y actualizada, para cada partícipe”, que permitan a los partícipes disponer de información pertinente y adecuada para facilitarles la comprensión de sus derechos de pensión a lo largo del tiempo y así poder adoptar decisiones mejor fundadas sobre su jubilación, especialmente para aquellos que hayan alcanzado la edad de jubilación pero no hayan accedido a la misma.

Además la información se facilitará a los partícipes de forma gratuita por medios electrónicos, incluido un soporte duradero o un sitio web y cuando el partícipe lo solicite expresamente, mediante escrito debidamente firmado o por cualquier otro medio del que quede constancia, la información se entregará en papel.

Qué compone la Declaración de las prestaciones de pensión

Entre la información que compone este documento se encuentra:

  • Los datos personales de la persona que tiene el plan de pensiones
  • El nombre del fondo de pensiones y cómo contactar con él
  • Las previsiones de prestaciones de pensión (estimación de las prestaciones de jubilación que percibiría el partícipe del plan de pensiones de empleo, si se mantuviera en el mismo hasta el momento en el que alcance la edad de jubilación)

Cómo se calculan las previsiones de prestaciones de pensión

La circular establece cómo calcular y presentar las estimaciones de las prestaciones de pensión y la información complementaria, además de los criterios para definir las variables empleadas en dichos cálculos, que incluyen:

  1. La variable relativa a la edad o edades de jubilación.
  2. La tasa anual de rendimiento nominal de las inversiones.
  3. Las tablas de supervivencia que se deben emplear.
  4. Las hipótesis sobre contribuciones del promotor y aportaciones pendientes de realizar por el partícipe hasta la jubilación.
Estas son todas las pensiones que tienen paga extra de verano.
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