La justicia concede la incapacidad permanente absoluta a un médico afectado por las secuelas de la poliomielitis que sufrió de niño

El demandante es parcialmente dependiente para las actividades de la vida diaria, con una minusvalía desde diciembre de 1987

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Médico (Freepik)
Médico (Freepik)

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Baleares ha ratificado declarar la incapacidad permanente absoluta a un médico con secuelas de la poliomielitis que sufrió cuando era niño, una enfermedad causada por un virus que afecta principalmente a los nervios de la médula espinal o del tronco cerebral y en su forma más grave, la polio, puede hacer que una persona sea incapaz de mover ciertas extremidades.

En este caso, el demandante debía moverse con muletas, lo que le hacía padecer una importante inestabilidad con gran riesgo de caídas, dolor crónico y empeoramiento con la marcha y bipedestación prolongada. Además, es parcialmente dependiente para las actividades de la vida diaria, con una minusvalía desde diciembre de 1987.

Debido a su empeoramiento, llevó el caso a la justicia y un Juzgado de lo Social de Palma le dio la razón, por lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) presentó un recurso. En este alegaban que las limitaciones que padece el facultativo no le han impedido estudiar y desarrollar su profesión tal y como se acredita en el cuadro de bajas aportado.

Por otra parte, la administración también argumentaba que el informe forense solo concluye respecto a la incapacidad del demandante para desarrollar la profesión de médico sin referirse a otras profesiones y que, incluso la de médico, “no requiere desplazamiento ágil y sería compatible con el uso de las muletas, sin que se haya objetivado también ninguna afectación psíquica relevante”.

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La respuesta de la Sala

Los magistrados han respondido a estas pretensiones, alegando que “es una obviedad no cuestionada que el demandante ha podido estudiar y desarrollar su profesión, a pesar de los periodos de baja médica que haya podido estar, cuestión que no ha sido objeto de debate y que nada tiene que ver en el estado médico objetivado en la fecha del hecho causante”.

El tribunal señala que el recurso debe ser desestimado puesto que no se cuestiona la fundamentación de la sentencia de instancia para reconocer el grado de incapacidad absoluta argumentando que “además del uso de las muletas, se refiere la importante inestabilidad con riesgo de caídas, haber sufrido múltiples fracturas, así como el dolor crónico, que requiere analgésicos del tercer grado, añadiendo que es parcialmente dependiente por algunas actividades de la vida diaria, limitaciones todas ellas que, al no haber sido desvirtuadas, abocan a la Sala a confirmar el criterio de la sentencia de instancia”.

La incapacidad permanente

La incapacidad permanente se refiere a una condición del trabajador que, tras recibir el tratamiento médico adecuado, evidencia reducciones anatómicas o funcionales graves y definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. En el sistema contributivo, se reconocen diversas categorías de esta incapacidad, cada una con características específicas y derechos asociados, según informaciones difundidas por varias plataformas mediáticas.

La incapacidad permanente parcial para la profesión habitual es aquella que implica una reducción no menor al 33% en el rendimiento habitual del trabajador, sin impedirle realizar las tareas fundamentales de su ocupación. Por otro lado, la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para llevar a cabo todas las tareas esenciales de su profesión habitual, aunque permite que se dedique a una ocupación diferente.

En el caso más severo de la incapacidad, la incapacidad permanente absoluta impide al trabajador desempeñar cualquier tipo de profesión u oficio. Además, existe la categoría de gran invalidez, que se aplica cuando el trabajador, debido a pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para realizar actos esenciales de la vida diaria, como vestirse, moverse y comer, según lo publicado por varios medios.

Las 4 ayudas que no son compatibles con la pensión de incapacidad permanente.

Estas definiciones también se diferencian según la causa de la incapacidad. En incidentes derivados de accidentes, laborales o no, la profesión habitual se define como la que el trabajador desempeñaba al momento del incidente. En casos de enfermedades comunes o profesionales, se refiere a la actividad principal realizada en los doce meses previos al inicio de la incapacidad temporal.

Para acceder a las prestaciones correspondientes a cada grado de incapacidad permanente, los trabajadores deben cumplir con las condiciones establecidas por la normativa, lo cual asegura el debido reconocimiento y apoyo a las personas afectadas por estas condiciones.

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