Una parte recurrente del salario de los trabajadores en España se destina a las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un impuesto progresivo que varía según los ingresos anuales. Este tributo, que los empleados pagan mensualmente, tiene como objetivo adelantar dinero para descontárselo de la cuantía final que hay que asumir al realizar la declaración de la renta, evitando con ello pagos significativos de última hora.
El IRPF se distribuye en dos tramos: uno estatal y otro autonómico. El tramo estatal va a las arcas del Gobierno nacional, mientras que el autonómico es gestionado por las comunidades autónomas. Esta estructura se aplica también a las personas no residentes en España, quienes deben consultar la escala específica de su región para conocer el tipo impositivo aplicable.
Además, hay que saber que hay ciertos factores que pueden influir en las retenciones de IRPF. Entre ellos se encuentran la naturaleza del trabajo, tener otros ingresos o rentas, y circunstancias personales como la situación familiar, la duración de los contratos laborales o la posible tenencia de una discapacidad. Cada una de estas variables puede alterar significativamente la carga fiscal.
Retenciones de las pensiones de jubilación
Como especifica la Seguridad Social en su página web, “las pensiones, cuya cuantía supere el importe anual legalmente establecido, están sujetas a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sometidas, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto”.
En el caso concreto de las personas jubiladas, las retenciones que se aplican varían dependiendo de la cantidad de dinero que reciban al año. Así, está establecido que para las pensiones de hasta 12.000 euros anuales, la retención que se impondrá es del 1% como mínimo; para las que se sitúen entre los 12.001 y 18.000 euros , habrá una retención del 2,61%. Para las personas que ganen entre 18.001 y 24.000 euros anuales, se aplicará una retención del 8,69%, mientras que los que reciban entre 24.001 y 30.000 euros, contarán con una retención del 11,83%. Y las personas que ganen más de 30.001 euros al año, tendrán una retención del 15,59%.
Estas son las retenciones mínimas mensuales que se aplican a la pensión de jubilación, aunque el porcentaje exacto varía según las circunstancias personales y familiares del pensionista, similar a lo que ocurre con el IRPF de los trabajadores. Al igual que cualquier ciudadano, los jubilados no están obligados a presentar la declaración de la renta si sus ingresos anuales no exceden los 22.000 euros.
El organismo también especifica que hay ciertas excepciones que no tienen que hacer el IRPF, como son:
- Pensiones derivadas de actos de terrorismo.
- Ayudas para afectados por el virus de inmunodeficiencia humana, reguladas en el Real Decreto-ley 9/1993.
- Pensiones para quienes sufrieron lesiones o mutilaciones durante la guerra civil (1936-1939), ya sea por el Régimen de Clases Pasivas del Estado o por legislación específica.
- Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del Régimen de Clases Pasivas que inhabiliten completamente al beneficiario para cualquier profesión u oficio.
- Pensiones de orfandad.
- Indemnizaciones por tiempos de prisión conforme a la Ley 46/1977 de Amnistía.