Denuncia internacional para España y la Ley del Ingreso Mínimo Vital: “Agrava la situación de cientos de miles de familias”

El Movimiento Internacional ATD-Cuarto Mundo ha presentado una Reclamación colectiva ante el Comité Europeo de Derechos Sociales solicitando la paralización ‘cautelar’ de la ley

Una pareja y su bebé, de cinco meses, en la habitación en la que viven en Barcelona (EFE/Marta Pérez/Archivo)

El Movimiento Internacional ATD-Cuarto Mundo ha anunciado que el pasado 4 de junio presentó ante el Comité Europeo de Derechos Sociales una reclamación colectiva contra España y la Ley de Ingreso Mínimo Vital (LIMV). Lo han hecho, tal y como explican en un comunicado, porque entienden que dicha ley, que es la encargada de regular esta renta básica de subsistencia, no cumple con la Carta Social Europea, “que es el máximo exponente de los derechos sociales básicos en los países adscritos al Consejo de Europa” y que fue suscrito por España.

En el escrito presentado ante el Comité, ATD-Cuarto Mundo ha pretendido “expresar las múltiples violaciones de la Carta por parte de la LIMV y de su gestión administrativa”, además de solicitar “una medida de carácter inmediato para suspender los procedimientos de cobros indebidos actualmente en marcha”. Este procedimiento, dicen, “está provocando el endeudamiento de un importante colectivo de las personas que han percibido el Ingreso”, que ha acabado por convertir la ayuda no en una prestación, sino en “un mal préstamo”.

Además, el Movimiento ha denunciado el hecho de que la LIMV fuera presentada públicamente “como una herramienta apropiada para la lucha contra la pobreza en España” cuando no ha sido así, entre otras cosas porque “deja de lado a muchas personas que lo necesitarían”. Actualmente solo el 12,2% de las personas que viven por debajo del umbral de la pobreza recibe este subsidio, lo que deja fuera a unos siete millones de personas también en esta situación, “que ni siquiera son capaces de solicitarlo”.

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Cobrar 10.000 euros a los más pobres

Hace ya casi un año, en Infobae España pudimos contactar con varias personas afectadas por esta “restitución de los cobros indebidos” de las que habla el comunicado de ATD-Cuarto Mundo. Así, personas como Juana -un pseudónimo- o Antoni nos contaban que, por un mal o tardío cruce de datos por parte de la Seguridad Social, se veían de pronto con una deuda que llegaba “al triple” de lo que les habían concedido.

También Vanessa nos explicó como la Seguridad Social le pedía 10.000 euros por un Ingreso Mínimo Vital que había cobrado de oficio -es decir, sin que ella lo solicitara-, además de otros 250 euros de pensión alimenticia que, por sentencia judicial, debía enviarle su exmarido. “El padre de mis hijos debe pasarme 250 euros de pensión, pero nunca lo ha hecho y la Seguridad Social puede comprobarlo con los extractos de mi cuenta bancaria”, nos explicó entonces. Este error fue algo que reclamó en cuanto le llegó la primera carta informándole de la deuda, pero nunca recibió una respuesta.

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Muchas familias se ven obligadas a devolver el Ingreso Mínimo Vital, una prestación dirigida a familias con escasos recursos económicos, porque la Administración considera que ha habido "cobros indebidos"

Cientos de miles de deudas

ATD-Cuarto Mundo insiste en que este tipo de situaciones afecta a “cientos de miles de familias” y que por ello han interpuesto esta reclamación que “llega tarde”. Por ello, insisten en la “paralización de todas las reclamaciones” para “prevenir daños que después no tendrán reparación posible o muy difícil reparación”. Pretenden, también “exponer públicamente esta situación” y “que se genere un debate social sobre las medidas de protección social y el cumplimiento de derechos por parte del Estado Español”. De hecho, instituciones como el Defensor del Pueblo, la AIReF o la Asociación estatal de directoras y gerentes de servicios sociales ya habían denunciado esta realidad.

Así, con esta denuncia, el Comité Europeo de Derechos sociales podría fallar una condena para España que la obligaría a cumplir una Decisión de fondo. En caso de que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, encabezado por Elma Saiz, no cumpliera con lo estipulado por la sentencia, aún así ya se podría usar dicha Decisión “para su invocación directa ante los juzgados”, puesto que los fallos del Comité son de carácter vinculante.

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