Al adquirir una vivienda, uno de los trámites que se recomienda realizar es inscribirla en el Registro de la Propiedad. Este registro es una institución pública que documenta la titularidad de los inmuebles y las cargas o derechos asociados, como hipotecas o embargos. Aunque no es obligatorio, inscribir la propiedad en el registro ofrece diversos beneficios jurídicos y prácticos.
Inscribir un inmueble asegura al comprador como el único propietario, salvo que un juez indique lo contrario. Esta medida le protege contra posibles disputas legales y cargas ocultas que puedan afectar la propiedad. Además, facilita el cambio de titularidad en el Catastro, lo que implica que el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) se girará a nombre del nuevo propietario.
Otro punto relevante es que la inscripción en el registro es un requisito esencial para acceder a préstamos hipotecarios. Los bancos exigen esta formalidad para salvaguardarse ante posibles impagos de las cuotas del préstamo. Asimismo, permite al propietario obtener una copia simple de la escritura del inmueble en caso de perder la original.
Como asegura el portal web Fotocasa, el proceso para inscribir una propiedad puede parecer engorroso, pero se traduce en una fuerte garantía de seguridad jurídica y financiera. Además, este trámite facilita futuras gestiones como la solicitud de préstamos o la actualización de información catastral.
Qué pasos hay que seguir
Para registrar una vivienda en el Registro de la Propiedad, es necesario seguir una serie de pasos y cumplir con ciertos requisitos.
El primer paso es reunir todos los documentos requeridos, los cuales incluyen una copia autorizada de la escritura pública de la compraventa firmada por un notario, la liquidación de deudas e impuestos relacionados con la compraventa, la acreditación de la comunicación de la transmisión al Ayuntamiento y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Una vez recolectados los documentos, el siguiente paso es acudir a la Oficina Registral correspondiente a la localidad del inmueble adquirido. Esta acción puede ser gestionada personalmente o bien delegada a una gestoría o a la notaría que gestionó la firma de la escritura de compraventa. Para localizar la oficina registral más cercana, se puede utilizar el buscador disponible en la página web oficial de la administración del Gobierno. Sin embargo, desde el pasado mes de mayo el Registro de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles es completamente electrónico y permite al ciudadano hacer trámites, como conseguir un certificado registral para comprar una casa o consultar el estado de sus solicitudes, de forma telemática, así como recibir videoasistencia.
El Registro de la Propiedad analizará la documentación presentada y, si todo está en orden, otorgará al comprador el derecho de propiedad en un plazo máximo de quince días hábiles. En caso de que algún documento no sea correcto, se notificará al interesado para realizar las correcciones necesarias.
Este trámite tiene un coste variable que oscila entre 50 y 300 euros, lo cual corresponde a un porcentaje del valor del inmueble, comprendido entre el 0,20% y el 0,05%.
* Con información de Fotocasa