El drama de los autónomos: así es la diferencia entre la pensión media de jubilación con los asalariados

La pensión de jubilación media de los trabajadores autónomos es de 640 euros menos que la de los asalariados

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Trabajadora autónoma. (Freepik).
Trabajadora autónoma. (Freepik).

Las pensiones de jubilación subieron hasta los 1.441 euros de media en mayo, un 5% más que hace un año. Esta pensión supone el 73,1% de la nómina total de las pensiones contributivas que otorga la Seguridad Social, ascendiendo hasta los 9.313,3 millones de euros. Sin embargo, existe un colectivo profundamente damnificado entre estos pensionistas: los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que ven una gran diferencia entre su pensión de jubilación y la de un asalariado.

La pensión de jubilación media en mayo del Régimen General fue de 1.601 euros mensuales, mientras que la del Régimen de Autónomos se sitúa en 962,4 euros, la más baja entre todos los beneficiarios. Supone una diferencia cercana a los 640 euros entre ambos grupos de pensionistas (autónomos y asalariados). Estas cifras muestran que la situación en que viven algunos pensionistas autónomos es “absolutamente penosa. Vivir con estas pensiones es un auténtico milagro”, según apuntan desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta). Consideran que la pensión media anual, que ronda los 13.500 euros, está muy cerca del umbral de la pobreza, situado actualmente en 10.989 euros.

Diferencias en la edad de jubilación

A comienzos de 2024, la legislación sobre la jubilación de los trabajadores autónomos experimentó modificaciones significativas, que agravan la situación sobre aquellos que menos han cotizado durante el último ejercicio. La más destacada de estas novedades es el aumento en la edad ordinaria de jubilación para poder optar al 100% de la pensión, una medida que afecta a aquellos autónomos que no cuentan con una larga carrera de cotización a sus espaldas.

Para la mayoría de los autónomos, la edad mínima de jubilación se mantiene en los 65 años hasta el próximo año, siempre que se cumpla con los requisitos de cotización que impone la Seguridad Social. La jubilación anticipada se mantiene como una opción interesante, pero exige una acreditación de una larga trayectoria de cotizaciones, un umbral que cada vez se eleva más y dificulta el retiro anticipado de la actividad laboral.

Opciones de jubilación y nuevos requisitos

Desde 2013, la Seguridad Social ofrece dos opciones principales para la jubilación de trabajadores autónomos:

  • Jubilación ordinaria: A los 66 años y seis meses, o a los 64 años y seis meses
  • Jubilación con amplia cotización: A los 65 años, con opción de anticiparla a los 63 años, siempre que se acredite una larga carrera de cotización

Desde el próximo año, las opciones se modificarán. Los autónomos sin los años requeridos de cotización (38 años) no podrán jubilarse hasta los 67 años si desean recibir la pensión completa. Aquellos que deseen adelantar su retiro a los 65 años deberán haber cotizado durante al menos 38 años. Para todos los autónomos que planeen jubilarse en 2025 y quieran cobrar el 100% de la base reguladora de la pensión, deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener 65 años y haber cotizado al menos 38 años y tres meses.
  • Haber cumplido 66 años y nueve meses.

Para los autónomos, la base reguladora se calcula en función de sus propias cotizaciones, que ellos mismos eligen dentro de los límites establecidos por la ley. Esto implica que si un autónomo ha cotizado por la base mínima, su pensión será menor comparada con la de aquellos que han cotizado por una base más alta. Por lo tanto, la elección de la base de cotización durante la vida laboral del autónomo tiene un impacto directo en el importe de su futura pensión de jubilación.

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