En España, donde residen cerca de 10 millones de jubilados, la mayoría de ellos mileuristas, el panorama de las pensiones ha ido mejorando en los últimos años. En los últimos años, la cuantía que reciben los pensionistas al mes se ha incrementado, llegando a alcanzar los 1.441,5 euros de media. Cabe destacar que algunos jubilados tienen la posibilidad de recibir simultáneamente dos tipos de prestaciones gestionadas por la Seguridad Social: la pensión de jubilación y la de viudedad, lo que genera interés en conocer el límite de dinero que se puede recibir al combinar ambas.
La mayoría de las prestaciones administradas por la Seguridad Social, entidad dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por María Jesús Montero, son incompatibles entre sí. No obstante, existen excepciones. La pensión de viudedad puede combinarse con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o de incapacidad permanente.
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La pensión de jubilación es la prestación con la mayor cuantía, con una media de 1.441,5 euros mensuales. Le siguen las prestaciones por incapacidad permanente (1.161,43 euros), viudedad (894,07 euros), en favor de familiares (738,73 euros) y orfandad (500,82 euros). Los beneficiarios que cumplan con los requisitos pueden obtener ingresos significativos cada mes al recibir simultáneamente la pensión de jubilación y la de viudedad.
Requisitos para cobrar la pensión de viudedad
Para acceder a la pensión de viudedad en casos de fallecimiento por enfermedad común, el solicitante debe cumplir ciertos requisitos:
- El fallecido debe haber cotizado al menos 500 días a la Seguridad Social.
- Para parejas casadas, se requiere haber tenido hijos y que el matrimonio haya durado al menos un año, extendiéndose a dos años en caso de parejas no formalizadas.
- Las parejas de hecho deben estar registradas oficialmente al menos dos años antes del fallecimiento y haber convivido durante cinco años, salvo que tengan descendencia común, lo cual flexibiliza este requisito.
- Personas divorciadas o separadas legalmente deben haber recibido una pensión compensatoria al momento del fallecimiento, siempre y cuando el fallecido no hubiese contraído un nuevo matrimonio o establecido una nueva pareja de hecho.
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Requisitos para cobrar la pensión de jubilación
Los trabajadores en España deben cumplir con los siguientes requisitos para acceder a la pensión de jubilación:
- Haber cotizado al menos durante 15 años, con dos de esos años registrados consecutivamente antes de solicitar la jubilación.
- Quienes hayan cotizado más de 38 años pueden jubilarse a los 65 años. Aquellos que no lleguen a este mínimo deben esperar hasta los 66 años y seis meses para retirarse.
- El tipo de trabajo realizado, circunstancias personales y condiciones de salud específicas pueden permitir una retirada anticipada con beneficios ajustados.
Cuánto dinero se recibe con la pensión de jubilación y viudedad
El límite máximo para la suma de las pensiones de jubilación y viudedad se ha fijado en 3.175,04 euros mensuales. Este tope se aplica a la combinación de ambas prestaciones según las normativas vigentes del sistema de Seguridad Social español. La pensión de viudedad se calcula en el 52% de la base reguladora del fallecido, pudiendo incrementarse en función de factores como la edad, los ingresos y las responsabilidades familiares.
Para beneficiarios de 65 años o más con ingresos anuales inferiores a 7.707 euros, el porcentaje sobre la base reguladora aumenta al 60%. Este porcentaje puede elevarse al 70% en casos donde el pensionista tenga familiares dependientes a su cargo y la pensión constituya su principal fuente de ingresos. En cuanto a la pensión de jubilación, se utiliza un esquema progresivo basado en los años de cotización, comenzando con el 50% de la base reguladora para aquellos con 15 años cotizados y aumentando gradualmente hasta el 100% para quienes alcanzan los 37 años.
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Los beneficiarios de una pensión de viudedad con cargas familiares reciben una cantidad fija adicional. Los mayores de 65 años con una discapacidad superior al 65% también perciben una cuantía ajustada a su condición. Para personas de 60 a 64 años y para menores de 60 años sin cargas familiares, se establecen importes específicos. Los jubilados menores de 65 años cobran 1.033,30 euros si tienen un cónyuge a cargo, 772 euros si no tienen cónyuge y 729,70 euros si tienen cónyuge pero no a su cargo.
Esta normativa permite que aquellos jubilados que cumplan con los requisitos necesarios puedan combinar ambas prestaciones, asegurando así un ingreso mensual que puede llegar a las cifras estipuladas por la Seguridad Social.