La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 19 años de prisión impuesta a un sargento de la Guardia Civil que durante cuatro años acosó sexualmente y violó a una subordinada en un cuartel de Molina de Segura, Murcia. Llegó incluso a dejarla embarazada y obligarla a abortar.
El tribunal ha desestimado los seis motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero que le impuso la citada pena de prisión por un delito consumado y continuado de violación en concurso ideal con un delito de lesiones psíquicas graves (13 años y medio de prisión) y por dos delitos continuados de abuso de autoridad en su modalidad de trato degradante a inferior (2 años y diez meses de prisión) y en su modalidad de maltrato de obra a inferior (2 años y 8 meses de prisión).
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“Eso lo sacas de ahí”
El sargento tenía las funciones de jefe del Área de Prevención de la Delincuencia y jefe del Área de Atención al Ciudadano, orgánicamente dependiente la Oficina de atención a las víctimas de violencia de género (Viogén), donde estaba destinada la Guardia Civil.
Los hechos ocurrieron desde septiembre de 2010 hasta marzo de 2015, momento en el que la víctima fue dada de baja médica por el servicio. El sargento condenado, que estaba casado y con dos hijos, la violó de forma continuada en el cuartel e incluso en la casa de ella.
En un momento la mujer llegó a quedarse embarazada y el agresor la empujó contra la pared de la cocina, poniéndole las manos en el pecho y diciéndole “no me vas a joder la vida, ni vas a joder a mi familia, eso lo sacas de ahí, lo quiero fuera de ahí”. La forma en la que el detenido tenía de mantener su poder sobre ella, era que cuando se negaba a sus requerimientos o no se mostraba sumisa, el sargento le cambiaba los horarios de los servicios y le asignaba funciones ajenas a sus tareas. Además de todo esto, se dedicaba a enviar a la agente correos de índole sexual, humillándola, cosificándola y profiriéndole insultos.
“Pluralidad de agresiones sexuales”
La Sala afirma en su sentencia, ponencia del magistrado Fernando Marín Castán, que comparte los razonamientos de la sentencia recurrida y aprecia que los hechos declarados probados “reflejan pluralidad de agresiones sexuales, vejaciones constitutivas de trato degradante y maltratos de obra del superior jerárquico sobre la misma víctima subordinada, que se ejecutan en el marco de unas relaciones sexuales con prevalimiento no consentidas y de abuso de autoridad, prolongadas en el tiempo, que obedecen a un dolo único o unidad de propósito y al aprovechamiento de similares ocasiones por parte del sujeto activo”.
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Considera que las conductas de uno y otro tipo se produjeron “no de forma aislada, sino sostenida en el tiempo; siempre, desde luego, operando sobre una misma Guardia Civil subordinada y aprovechando el acusado la ocasión que le brindaba la relación de superioridad jerárquica sobre ella, llegando a obtener el sometimiento de la víctima a sus requerimientos sexuales mediante repetidos actos de trato degradante, insultos, amenazas e incluso maltratos físicos de obra”.