Qué pasa con el equipaje de mano tras la multa a Ryanair, Vueling, Volotea y Easyjet: ¿seguirán cobrando por las maletas de cabina? ¿Qué dice la ley?

Las aerolíneas podrán seguir cobrando el equipaje de mano pese a la multa de Consumo

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Puesto de Check-in de la compañía, Vueling en el Aeropuerto 'Josep Tarradellas Barcelona-El Prat'. (David Zorrakino/Europa Press)
Puesto de Check-in de la compañía, Vueling en el Aeropuerto 'Josep Tarradellas Barcelona-El Prat'. (David Zorrakino/Europa Press)

El Ministerio de Consumo impuso este viernes una multa de más de 150 millones de euros a las aerolíneas de bajo coste Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por cobrar a los pasajeros el equipaje de cabina. Es una multa histórica para las aerolíneas de nuestro país. Han sido las denuncias recibidas por distintas asociaciones de consumidores, como Facua, la que ha hecho saltar las alarmas. Sin embargo, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha criticado duramente las sanciones impuestas por el departamento de Pablo Bustinduy, que aglutina el 85% del tráfico aéreo en España.

El presidente de la asociación, Javier Gándara, ya respondió ayer que por ahora “no habrá ningún cambio en la política comercial de las aerolíneas afectadas”, ya que por el momento la resolución no es firme. Sin embargo, tras la multa, las aerolíneas han contraatacado, y la asociación ya ha aviado que esto perjudicará a los consumidores españoles, que verán incrementado el precio de los billetes y provocará retrasos, al tener que bajar una parte de las maletas a la bodega, por falta de capacidad en cabina.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y FACUA-Consumidores en Acción han declarado que el cobro adicional por transportar equipaje de mano en cabina infringe la Ley de Navegación Aérea de 1960. Esta ley establece en su artículo 97 que el transportista debe llevar, dentro del precio del billete, el equipaje según los límites de peso y volumen fijados por los reglamentos.

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La Ley de Navegación Aérea y el reglamento de la Comisión Europea

Por su parte, las aerolíneas se respaldan en el Reglamento CE 1008/2008 del 24 de septiembre, que en su artículo 22 les otorga el derecho a fijar “libremente” las tarifas y fletes de los servicios aéreos intracomunitarios. Este reglamento obliga a las aerolíneas a comunicar de manera clara y sin ambigüedades el precio de los suplementos opcionales al inicio del proceso de reserva, pero no aborda específicamente el servicio de transporte de equipaje.

Ante esta situación, ALA, defiende la legalidad del cobro por el equipaje de mano. Según anunció, presentarán recursos de alzada contra la Administración para evitar afrontar una millonaria multa y, en caso de ser necesario, no descartan recurrir a la vía judicial.

Los siguientes pasos de Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea

Las aerolíneas, tras agotar la vía administrativa, contemplan llevar su defensa a la Audiencia Nacional para proteger su libertad de establecer políticas tarifarias en caso de una resolución adversa. Esta decisión dependerá de la aceptación de medidas cautelares por parte del juez encargado del caso.

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Cada compañía tiene hasta mediados de junio para recurrir la decisión del Ministerio de Consumo, liderado por Pablo Bustinduy, que a su vez contará con tres meses para emitir un veredicto. En caso de que la multa impuesta sea ratificada, las aerolíneas podrían iniciar un proceso judicial solicitando medidas cautelares para mantener la situación actual, lo que prolongaría aún más la incertidumbre sobre la posible gratuidad del equipaje de mano.

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