La cultura gitana como atenuante en agresiones sexuales a menores: “Es escandaloso que un estereotipo tiña toda una sentencia”

La Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas (Fakali) muestra su rechazo a las recientes decisiones de la Audiencia Provincial de Ciudad Real y de León, que aluden a la cultura gitana para rebajar o absolver delitos sexuales

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La bandera romaní. (Europa Press)
La bandera romaní. (Europa Press)

“Es un escándalo, un despropósito”. Así definen desde la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas (Fakali) las dos sentencias que aluden a la cultura gitana para rebajar o absolver delitos sexuales y recuerdan que en el Código Penal la edad mínima para consentir relaciones sexuales se sitúa en los 16 años y que, por debajo de esa edad, “todo es agresión”.

En conversación con Infobae España, la asesora jurídica de Fakali, Elena López, muestra su “absoluto rechazo” a la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que ha absuelto a un hombre de abuso sexual continuado contra una niña de 12 años a la que dejó embarazada de gemelos. El fallo consideraba que las relaciones fueron consentidas y no que no había una significativa diferencia de edad. Además, se indicaba que en la comunidad gitana es una conducta normal.

De hecho, la Fiscalía solicitaba para el hombre -que tenía 20 años en 2022- 11 años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual con penetración contra una menor de 16 años, pero el tribunal decidió absolverlo aplicando el artículo del Código Penal que indica que un consentimiento por debajo de los 16 puede excluir la responsabilidad penal cuando el autor “sea una persona próxima en edad a la persona menor y en grado de desarrollo o madurez física y psicológica”.

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Por otro lado, el pasado 27 de mayo, la Audiencia provincial de León atenuó una pena por agresión sexual continuada a un hombre que dejó tres veces embarazada entre los 12 y 15 años por considerar que en la “cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas”. Así, se rebajó la condena de los 37 años que pedía inicialmente la Fiscalía, a 8 años de prisión.

Imagen de la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas. (Cedida a 'Infobae')
Imagen de la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas. (Cedida a 'Infobae')

En este caso, la menor, explica López, dijo en un momento del juicio que las niñas “se casaban pronto por el hecho de ser gitanas”, pero los magistrados “no pueden hacer suya esa aseveración, porque no es verdad”, añade la abogada indignada. “En la cultura gitana las niñas no se casan con 12 ni con 13 años, es algo absolutamente infrecuente. Las niñas con esa edad, como debe ser, están estudiando y afortunadamente cada vez son más”. “No podemos admitir que un estereotipo de ese tipo sea el que tiña toda la sentencia”, insiste López, que quiere dejar claro que “la cultura gitana no ampara las agresiones sexuales”.

En este último caso de León, además, hay que tener en cuenta las circunstancias en las que vivía la menor, pues no solamente ha sido maltratada su agresor sexual, sino que “ha sufrido agresiones por parte de su familia”, tanto físicas como psíquicas.

Los agresores pueden hacerse una “idea errónea”

En Fakali se muestran también preocupadas por la imagen que se le da, primero, “a la sociedad mayoritaria sobre qué es la cultura gitana mal entendida”, pues las agresiones sexuales no se pueden considerar como algo frecuente, indica López. Y en segundo lugar, les preocupa la imagen que “las propias niñas gitanas pueden llegar a entender erróneamente lo que es ser gitana”, pues pueden pensar que lo que se espera de ellas es que se casen a esas edades tempranas “cuando no es así”.

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Asimismo, a la federación le inquieta la idea que este tipo de sentencias pueden transmitir a los agresores, “porque parece que con las niñas gitanas hay carta blanca, que se suavizan las penas y que hay una mayor flexibilidad con la edad”, concluye la abogada.

Igualdad estudia recurrir

Este jueves la ministra de Igualdad, Ana Redondo, ya ha señalado que su departamento estudia recurrir ambas sentencias al considerarlas “discriminatorias” y que no son ejemplares “desde el punto de vista jurídico”, pues “vulneran tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo, como los tratados internacionales suscritos por España como el Convenio de Estambul”, un instrumento jurídico que busca prevenir, perseguir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, ha asegurado ante la prensa.

Redondo también ha denunciado estas sentencias tienen un “sesgo machista y racista de fondo” y que “mandan un mensaje tremendamente peligroso” al tener en cuenta la procedencia y la etnia de estas niñas.

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