Una vez aprobada la ley de amnistía, la pelota pasará al tejado del Poder Judicial, ya que a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) serán los jueces quienes decidan sobre la aplicación de esta controvertida norma. Desde que la norma recibió luz verde este jueves a su entrada en vigor, la principal incógnita es cuándo saldrá reflejada en el BOE, una cuestión que no es baladí teniendo en cuenta las elecciones europeas del próximo domingo 9 de junio. Ante el riesgo de que la esperada respuesta judicial empañe el tramo final de la campaña, en el Gobierno no tienen prisa para una publicación inmediata de la ley en el BOE.
Y es que, apenas se ponga en marcha el texto legislativo, cabe esperar que el Tribunal Supremo u otro tribunal lleve directamente la ley al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a través de una cuestión prejudicial. Este mecanismo podría paralizar la aplicación de la norma, a pesar de que el PSOE y los independentistas trataron de blindar la ley en este sentido mediante una enmienda que suprimía esta premisa.
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Más allá del esperado aluvión de recursos ante el Tribunal Constitucional por parte del PP y de las comunidades autónomas dirigidas por los de Alberto Núñez Feijóo, ERC y Junts son conscientes de que los jueces podrán poner piedras en el camino a la vista de las reacciones de la mayoría de asociaciones de jueces y fiscales. “Todavía queda un partido por votar; el partido judicial”, avisó el portavoz republicano, Gabriel Rufián.
Asimismo, en Moncloa muestran su temor ante la posibilidad de que algún magistrado “ejerza una interpretación legal interesada”, según apostillan fuentes del ala socialista del Ejecutivo, que alertan sobre la existencia de una guía para recurrir la ley de amnistía, elaborada por la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, y que recibieron los jueces a través del correo del Consejo General del Poder Judicial (con el mandato caducado desde hace más de cinco años).
El Gobierno aleja en el tiempo su aplicación en el BOE
Con estos mimbres, el Gobierno no tiene previsto que la publicación de la ley en el BOE sea inminente, según fuentes del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Estas voces ponen el foco en el procedimiento habitual de los textos legislativos, alejando el plazo para la puesta en marcha de la ley. Al respecto de su publicación en el BOE, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, aseguró que este paso se dará “en los próximos días”. “Sucederá como con todas, se realizará con los trámites oportunos y preceptivos”, apuntó.
Desde que la norma sale de las Cortes hasta que aparece en el BOE, el texto sigue un procedimiento. Tras su aprobación definitiva, la ley se publicará en el Boletín de las Cortes, que suele tardar en torno a una semana en publicar las leyes. Después, Relaciones con las Cortes se encarga de remitir al Presidente del Gobierno el texto a los efectos de la remisión final de la ley para su sanción y promulgación por el rey. Según el artículo 91 de la Constitución, tiene un plazo de quince días para hacer efectiva la sanción de las leyes, promulgarlas y ordenar su inmediata publicación.
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No obstante, dentro de este plazo, el margen temporal para la publicación de las normas en el BOE no homogéneo en todas las leyes. En este punto, para justificar que la ley de amnistía no se publique de manera inmediata en el boletín oficial, desde el Gobierno recuerdan que el proyecto de ley sobre enseñanzas artísticas, aprobado el jueves pasado, sigue sin estar publicado en el BOE más de una semana después.
Si bien, cabe subrayar que la reforma del Código Penal para derogar el delito de sedición y modificar el de malversación, pactada entre el PSOE y ERC en la anterior legislatura, se publicó en el BOE apenas un día después de que la ley recibiera el visto bueno definitivo en el Senado.
La ley aprobada este jueves recoge que la amnistía entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El olvido penal, que podría afectar a alrededor de 400 líderes y activistas independentistas y 73 policías, según los negociadores, tiene carácter preferente. Así, el texto otorga un plazo de dos meses para adoptar las decisiones judiciales, “sin perjuicio de los ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos”, según estima la norma.
En el caso de Carles Puigdemont, sobre quien pesa una orden de detención (no ha podido ser juzgado al huir a Bélgica), la entrada en vigor de esta ley implicará el “inmediato alzamiento” de las medidas cautelares que hubieran sido adoptadas respecto de acciones u omisiones amnistiadas en relación con las personas beneficiadas por la amnistía. Si bien, la aplicación de este y otros preceptos dependerá de la interpretación judicial y su posterior aplicación. Por ello, no está claro que el candidato de Junts a la Generalitat, en caso de que vuelva a España como prometió, lo haga de manera inmediata ante el riesgo a ser detenido.