Cuál es la multa a la que se enfrenta el Real Madrid tras el concierto de Taylor Swift

La Policía Municipal está tramitando distintos expedientes relacionados con los ruidos de conciertos en el estadio

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Taylor Swift durante su actuación en el Santiago Bernabeu (Ricardo Rubio/Europa Press)
Taylor Swift durante su actuación en el Santiago Bernabeu (Ricardo Rubio/Europa Press)

Vivir cerca del Santiago Bernabéu sale caro. Y no solo por como está en la zona el mercado inmobiliario -los precios han subido un 30% tras la remodelación del estadio- sino porque el nuevo estadio, adaptado para conciertos, no aísla la música. La parte buena es que los vecinos han podido escuchar a Taylor Swift gratis; la mala, que cada actuación, guste o no guste el grupo, se va a oír como si cantaran desde el salón de tu casa.

En estos casos, los vecinos, bien vivan en Chamartín o en cualquier otro barrio madrileño, tienen derecho a solicitar inspecciones municipales y la imposición de medidas cautelares por parte de la administración competente. Y el organizador del concierto, en este caso el estadio es propiedad del Real Madrid, debe cumplir con la normativa de niveles sonoros y mantenimiento de la vía pública, con sanciones establecidas en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) y la Ordenanza 12/2022, de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular.

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De acuerdo con la OPCAT del 25 de febrero de 2011, en Madrid, el límite máximo de ruido permitido para actividades como conciertos durante el horario nocturno es de 53 decibelios. Superar este límite puede acarrear multas que oscilan entre 600 y 300.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, además de posibles medidas de suspensión o clausura. Además de estas sanciones, esta ordenanza también incluye la obligación de tomar medidas para mitigar la contaminación acústica, lo que implica incorporar la insonorización o limitar los horarios. En el caso de los shows de Taylor Swift, terminaron en torno a las 23:20 horas.

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Diferencia entre infracción leve, grave o muy grave

La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid califica como infracción leve, con multas de hasta 600 euros, superar en hasta 4 dBA los niveles sonoros máximos permitidos. Y una grave, que supone multas de entre 601 y 12.000 euros, superar los límites entre 4 y 7 dBA en horario nocturno o hasta 10 dBA en periodo diurno o vespertino. La infracción muy grave, con multas entre 12.001 y 300.000 euros, corresponde a superar los límites en más de 7 dBA en horario nocturno o más de 10 dBA en periodo diurno o vespertino, equivalente al ruido provocado por un macroconcierto.

Exterior del Santiago Bernabéu en una imagen tomada en el verano de 2023. REAL MADRID
Exterior del Santiago Bernabéu en una imagen tomada en el verano de 2023. REAL MADRID

En declaraciones desde el pabellón de los jardines de Cecilio Rodríguez, Borja Carabante, delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, explicó antes del concierto de Swift que la Policía Municipal está tramitando distintos expedientes relacionados con los ruidos de conciertos en el estadio y se aplicarán las sanciones correspondientes a los grandes eventos musicales celebrados en el último mes.

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Además, ha informado de que la sanción recae sobre el promotor, quien solicita la autorización, pero ha subrayado que el Real Madrid “no puede ser ajeno a una realidad de alquilar un estadio para hacer conciertos si se toma en cuenta esa superación de ruidos”.

El delegado afirmó que el Real Madrid implementará mejoras en la insonorización del estadio, colocando elementos que actúen como barrera acústica para minimizar las molestias a los vecinos. “Hoy realizaremos mediciones para garantizar que los niveles máximos de ruido se cumplen y, si no se cumplen, impondremos la sanción contemplada en la Ley de Ruido y en la Ordenanza de Ruido”, insistió Carabante, el día en que se celebra el primero de los conciertos de Taylor Swift en la capital.

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