Este miércoles la Audiencia Nacional ha absuelto al que fuera presidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps en el caso de la trama Gürtel. Se le acusaba del delito de tráfico de influencias en concurso ideal con el delito de prevaricación relacionado con los contratos adjudicados a la empresa Orange Market. Junto a Camps, el Tribunal también absuelve a varios consellers y funcionarios de la Generalitat Valenciana por las contrataciones públicas que se extendieron durante los años 2004 a 2009.
Sin embargo, no todos los acusados han corrido la misma suerte. En la sentencia, de 232 folios, los magistrados han acabado condenando a los empresarios integrantes del denominado Grupo Correa con las penas que acordaron con las acusaciones de hasta dos años y tres meses de cárcel por delitos de prevaricación administrativa, falsedad en documento mercantil y malversación de caudales públicos.
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La cercanía personal no se traduce en pruebas de actos ilícitos
El tribunal dictaminó no tener pruebas ni indicios de que Camps ordenara o sugiriera la contratación de las empresas de la red ‘Gürtel’ en la administración valenciana. Las confesiones de Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ y Ricardo Costa, exsecretario general del PP valenciano, fueron consideradas insuficientes al no poder ser corroboradas por otros medios, según explica el fallo recogido por elDiario.es.
La sentencia, redactada por el magistrado José Antonio Mora Alarcón, minimiza la relación entre Camps y Pérez, subrayando que la cercanía personal argumentada por la Fiscalía no se traduce en pruebas de actos ilícitos. La famosa conversación telefónica entre ambos personajes, donde se intercambiaron expresiones afectuosas, con expresiones como “amiguito del alma” y los numerosos “te quiero” no fue considerada suficiente para establecer una implicación del expresidente en la red corrupta.
El fallo argumenta que las confesiones de los implicados principales deben ser evaluadas con “mucha precaución”. El tribunal señaló que una relación de amistad o profesional no implica necesariamente que Camps estuviera consciente de las actividades ilícitas de la red Gürtel ni que las alentara.
Así, las confesiones de los principales cabecillas de la trama Gürtel “deben evaluarse con mucha precaución”. “Una cosa”, explica el fallo, “es fundamentar en una relación de amistad profesional una expectativa de negocio, y otra muy diferente, que Camps fuera consciente de ello y que lo alentara”, pues “ni se acusa ni se acredita en modo alguno” que el expresidente “tuviera connivencia” personal o económica con las empresas de Francisco Correa, alentara sus actividades o “participara en alguno de sus beneficios”.
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Ni pruebas ni indicios
La Fiscalía Anticorrupción había solicitado para Francisco Camps una pena de un año de prisión por presunto delito de tráfico de influencias en concurso con prevaricación y una multa de 250.000 euros, además de un año de inhabilitación para cargo público. No obstante, la Audiencia Nacional encontró insuficientes las pruebas y los indicios para fundamentar una condena.
La sentencia también contesta la acusación referente a la supuesta intervención de Dora Ibars, exdirectora general de Promoción Institucional, en la adjudicación del stand de grandes eventos valencianos en la feria Fitur 2009. Según la sentencia, Ibars no tenía competencia formal en materia de contratación, y no se encontró evidencia de intromisión o sugerencia de Camps en estas actividades.
En conclusión, la Audiencia Nacional concluye que no existen pruebas fehacientes ni indicios suficientes que demuestren que Francisco Camps estuviera implicado en las actividades de la red Gürtel, llevando a su absolución total y permitiéndole expresar su deseo de volver a la política.