El juez estrecha el cerco sobre Begoña Gómez pese a la oposición de la Fiscalía y la ausencia de delito según la UCO

El magistrado Juan Carlos Peinado tenía sobre la mesa las conclusiones del informe de la Guardia Civil y decidió citar a declarar a varios testigos, entre ellos Juan Carlos Barrabés, empresario clave en la causa

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez. EFE/ Juan Carlos Hidalgo

La causa contra la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sigue adelante. El juez Juan Carlos Peinado no esperó y otorgó a Begoña Gómez la condición procesal de investigada -condición denominada anteriormente como imputada- nada más acordar la apertura de diligencias previas el pasado 16 de abril, una decisión “poco usual” al no haberse practicado prueba alguna y a raíz de una denuncia basada en informaciones periodísticas, según fuentes jurídicas consultadas por Infobae España. La carta a la ciudadanía de Sánchez es del pasado 24 de abril, 6 días después de que se abrieran diligencias contra ella.

También fue “inhabitual”, como así lo calificó el propio magistrado, el proceder de la Fiscalía, que solicitó el archivo de las diligencias nada más conocer de su apertura.

Las primeras diligencias de investigación fueron aportadas a la causa, secreta hasta este lunes, hace escasos días. Especial relevancia tiene el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, a quien el magistrado Juan Carlos Peinado encargó la investigación de las acusaciones, que pivotaban sobre la posible vinculación de la esposa de Pedro Sánchez con el millonario rescate a Air Europa y las adjudicaciones de contratos de Red.es al empresario Juan Carlos Barrabés, profesor de la cátedra universitaria que codirigía Gómez.

Read more!

Te puede interesar: El juez Peinado atribuyó a Begoña Gómez la condición de “investigada” cuando abrió la causa pese a no citarla a declarar

El citado informe, conocido tras levantarse el secreto de sumario, destaca que el único elemento que “vincularía objetivamente” a la investigada con el rescate de la aerolínea española es su encuentro en dos eventos con el exconsejero delegado de Globalia Javier Hidalgo.

Los investigadores tampoco encuentran “vinculaciones” entre las “cartas de declaración de interés y apoyo” de Gómez a la Unión Temporal de Empresas (UTE) en la que participaba Barrabés y que fue adjudicataria de varios contratos millonarios. No obstante, la UCO no ha podido confirmar aún algunos extremos y, si el juez se lo pide, podría continuar llevando a cabo diligencias.

Y es que todo apunta a que Peinado seguirá, al menos de momento, adelante con la causa. Antes del levantamiento del secreto de las actuaciones, el magistrado ya conocía las conclusiones del informe de la UCO, así como la postura del fiscal, que de hecho reprochó. En una reciente providencia, llegó a pedir al Letrado de la Administración de Justicia que contabilizase sus “frecuentes e inusuales” visitas al juzgado para conocer las resoluciones que dictaba, “incluso antes de ser notificadas” a las partes.

Te puede interesar: El juez del caso Begoña Gómez reprocha al fiscal sus “frecuentes e inusuales” visitas al juzgado para conocer resoluciones

Pedro Sánchez durante un acto de cierre de campaña en Madrid, España, junto a su mujer, Begoña Gómez, el viernes 21 de julio de 2023. (AP Foto/Emilio Morenatti, Archivo)

Con el informe de la UCO y la postura fiscal sobre la mesa, el juez citó a declarar a varios funcionarios de Red.es el próximo 6 de junio, y al día siguiente comparecerá Juan Carlos Barrabés, hombre clave en la causa. Habrá que esperar para saber si acaba citando a Begoña Gómez en calidad de investigada, la condición procesal que tiene desde el inicio de la causa.

Te puede interesar: La UCO cerca al exministro Ábalos y certifica que Koldo García le mantenía informado de “los pormenores” de los contratos investigados

Según plasmó el magistrado en su auto de apertura de diligencias previas, atribuyó a la esposa de Pedro Sánchez la condición de investigada ”a los efectos de evitar la indefensión proscrita en el artículo 24 de la Constitución Española”, que recoge el derecho a la tutela judicial efectiva. El instructor le dio la oportunidad de asignar procurador y abogado -como así hizo Gómez- para que pudieran “estar presentes, e intervenir en su caso, en las diligencias”.

Read more!