
La ley de amnistía ha sido uno de los temas más candentes de los últimos meses en la política española. Desde su anuncio infinidad de voces se han posicionado a favor y en contra, todos buscando unos argumentos más contundentes que sus contrarios. Para contento de unos y enfado de otros, este jueves va a ser definitivamente aprobada y con ella traerá una serie de consecuencias.
Tras seis meses de tramitación en las Cortes en los que se han visto duros debates, con variados informes jurídicos de por medio y hasta con un conflicto de atribuciones entre el Congreso y el Senado planteado por el PP y que finalmente fue retirado, este camino llega a su fin. La mayoría del PSOE, con el apoyo de Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV, Podemos, BNG y con el voto de José Luis Ábalos en el grupo mixto, levantará el veto que el PP impuso en el Senado y dará luz verde a la ley con la que los jueces y tribunales tendrán dos meses para su aplicación.
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Delitos amnistiados
El marco legal que contempla esta ley es la absolución de acciones individuales e institucionales dirigidas a divulgar el proyecto independentista y obtener respaldo de entidades públicas o privadas que fueron realizadas entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023. También incluye la amnistía para aquellos que proporcionaron asistencia, colaboración y asesoría de cualquier tipo a los implicados en estos movimientos.
Asimismo, se incluyen en la amnistía los actos destinados a convocar o promover consultas populares. Delitos de desobediencia, desórdenes públicos y resistencia, ejecutados con la finalidad de facilitar dichas consultas, también están cubiertos. Este perdón abarca igualmente la prevaricación vinculada a la aprobación de leyes o normativas que apoyaron los esfuerzos independentistas, según fuentes de prensa locales.
Las acciones realizadas por las fuerzas policiales con el objetivo de obstaculizar las consultas también están incluidas en esta amnistía. Además, se exoneran todas las actividades que, de alguna manera, favorecieron o procuraron facilitar actos que conllevan responsabilidades penales, administrativas o contables. Independientemente del grado de participación o ejecución, los individuos y entidades beneficiados por esta amnistía pueden obtener el perdón completo de estos actos.
Como ya es conocido por la opinión pública, uno de los beneficiados será Carles Puigdemont, líder de Junts per Catalunya, que lleva fugado de España desde 2017. Junto a él saldrán beneficiados más de 370 encausados por el procés. Esto se debe a que en el momento en el que se aplique, se llevará a cabo la liberación inmediata de aquellas personas que se encuentren en prisión.
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A parte, la medida también afecta las órdenes de busca y captura o ingreso en prisión, las cuales quedarán sin efecto y se procederá la anulación de medidas cautelares implantadas previamente en los casos beneficiados por esta normativa. Para los empleados públicos involucrados, la ley exige que se les restituya la totalidad de sus derechos, tanto activos como pasivos. Aquellos que hayan sido expulsados de sus puestos de trabajo, serán reincorporados a sus cuerpos respectivos.
Lo que queda fuera
Sin embargo, esta ley no lo cubre todo. El artículo 2 establece una serie de actos específicos que quedarían excluidos de las disposiciones generales de la normativa. Estos incluyen delitos graves, torturas, terrorismo y otros actos que atentan contra la paz y la seguridad. Según lo especificado, los actos dolosos contra personas que resulten en muerte, aborto o lesiones graves al feto, así como la pérdida o inutilidad de órganos y sentidos, quedan excluidos. Además, también se excluyen actos que resulten en impotencia, esterilidad o graves deformidades físicas.
Delitos tipificados como tortura o trato inhumano bajo el artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales están excluidos, siempre que superen un umbral mínimo de gravedad. Esto refiere a actos de especial crueldad reconocidos internacionalmente.
En el ámbito del terrorismo, el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal especifica que estos delitos quedan excluidos si existe una sentencia firme y si las acciones están descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017.
Delitos de traición y los que afectan la Defensa Nacional también están excluidos de las disposiciones generales, así como los que comprometen los intereses financieros de la Unión Europea. Finalmente, cualquier delito motivado por racismo, antisemitismo, antigitanismo o cualquier tipo de discriminación es excluido.
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