El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una subvención que concede la Seguridad Social a las personas que viven solas o pertenecen a una unidad de convivencia y que carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Su propósito es garantizar un nivel de ingresos mínimos a las personas en situación de vulneración económica con el fin de prevenir el riesgo de pobreza y la exclusión social.
Más de 590.000 familias disfrutaron de esta ayuda en durante el mes de abril, lo que supuso 130.000 prestaciones más que hace un año. Pero para poder seguir recibiéndola, hay que saber que se tiene que realizar un trámite: la declaración de la renta.
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La Agencia Tributaria especifica en su página web que los beneficiarios del IMV deben presentar la declaración del IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. Aunque el IMV es una renta exenta y la mayoría de los beneficiarios no tienen que incluirlo en su declaración, hay que saber que presentarla es obligatorio para poder seguir recibiendo la ayuda.
A la hora de realizar el trámite, en los datos fiscales ya aparecerá la parte proporcional del IMV correspondiente a cada miembro de la unidad de convivencia. Por ello, el contribuyente solo deberá trasladar la información a Renta WEB y confirmar la declaración.
Los menores de edad deben presentar la declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar. No basta con aparecer como descendientes en la declaración individual del progenitor para cumplir con la obligación de presentar declaración.
Campaña de la declaración de la Renta 2023: Plazo final
El 3 de abril de 2024 comenzó la campaña para la presentación de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, y el plazo concluye el próximo 1 de julio de 2024. A medida que se acerca la fecha límite, muchos contribuyentes aún tienen pendiente cumplir con sus obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria.
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El incumplimiento de la presentación en tiempo y forma puede generar importantes sanciones para los contribuyentes, aunque la sanción aplicable dependerá del resultado de la declaración, pudiendo oscilar desde los 100 euros hasta el 150% de la cantidad debida a Hacienda.
Ahora bien, quienes aún no hayan presentado la declaración de la Renta también deben tener en cuenta las siguientes fechas:
- El 25 de mayo de 2024 comienza el plazo para solicitar cita previa y hacer la declaración de forma presencial.
- A partir del 3 de junio de 2024 podrán presentarse las declaraciones en las oficinas de la Agencia Tributaria o en entidades colaboradoras.
- El 26 de junio de 2024 termina el plazo para presentar la declaración vía online, en caso de que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta. El 26 de junio también es el último día disponible para hacer la declaración por teléfono y presencialmente.