El juez abrió diligencias contra Begoña Gómez porque la denuncia relata “hechos concretos”

En el auto de incoación de diligencias previas, el titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid, explica que “la simple presentación de una denuncia no exige la obligación de practicar diligencias” ya que si los hechos no son constitutivos de infracción penal, el juez pude acordar su archivo acorde a la ley

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Begoña Gómez (Isabel Infantes -
Begoña Gómez (Isabel Infantes - Europa Press)

El juez que investiga la denuncia contra Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, justificó la apertura de diligencias porque la denuncia de Manos Limpias, hecha con noticias de prensa, relata “hechos concretos” de actuaciones que “descartan una investigación prospectiva”.

En el auto de incoación de diligencias previas, al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, explica que “la simple presentación de una denuncia no exige la obligación de practicar diligencias” ya que si los hechos no son constitutivos de infracción penal, el juez pude acordar su archivo acorde a la ley.

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Ahora bien, añade, que “como quiera que los hechos que se exponen se refiere a hipotéticos delitos de carácter público, cualquier ciudadano puede poner en conocimiento de un órgano jurisdiccional penal, la ocurrencia de dichos hechos”.

Tras lo cual hay que “examinar” si “ofrecen apriorísticamente verosimilitud de ser constitutivos de algún hecho delictivo”, ya sea tráfico de influencias o corrupción en los negocios, para decidir si abre una investigación penal o archiva la denuncia del sindicato.

”Y lo cierto es que, con independencia de la fuente de conocimiento por parte del denunciante, que son medios de comunicación públicos, esos hechos merecen ser investigados, y son hechos concretos, de actuaciones en los que ha podido tener participación directa la denunciada, y esa concreción de hechos, descartan que la denuncia pretenda una investigación prospectiva”, explica el juez para justificar la apertura de diligencias.

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El juez se declara competente porque aunque “la persona denunciada sea la esposa del presidente del Gobierno, no le atribuye ningún fuero especial no teniendo la condición de persona aforada”.

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Además, aunque no cita a Begoña Gómez como investigada , pide que se le dé traslado de la apertura de diligencias para que si lo estima conveniente se persone con abogado y procurador “a los efectos de evitar indefensión”.

*Información elaborada por Efe

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