Los contribuyentes aún están en tiempo de presentar la declaración de la Renta. No obstante, el plazo es cada vez más reducido. Fue el 3 de abril cuando dio comienzo la campaña correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023. Ahora, con la asistencia telefónica ya disponible y a punto de que la Agencia Tributaria active la asistencia presencial, sólo queda algo más de un mes para que llegue el 1 de julio y termine el plazo.
Pero a día de hoy aún son muchos los contribuyentes que tienen que llevar a cabo este trámite. Así, una vez completada la declaración de la Renta, los contribuyentes se enfrentan a dos posibles escenarios: el de recibir un reembolso de la Agencia Tributaria si las retenciones de IRPF pagadas superan la cuota debida, o el de efectuar un pago al organismo si la cuota efectiva es inferior. Por ello, es fundamental considerar los gastos deducibles al elaborar la declaración, ya que estos pueden reducir el importe a pagar por el impuesto sobre la renta. En este contexto, las familias deben tener en cuenta las deducciones por hijo a la hora de llevar a cabo la declaración.
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Requisitos para que los hijos puedan deducir en la declaración de la Renta
Los hijos pueden representar una deducción en la declaración de la Renta si se cumplen ciertos requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. El más relevante es el mínimo por descendientes, aunque no es el único. Las familias numerosas y las mujeres con hijos menores de tres años también pueden aplicarse las deducciones correspondientes. Estos los requisitos para aplicar el mínimo por descendientes:
- El descendiente debe residir con el contribuyente, depender económicamente de él y ser menor de 25 años al 31 de diciembre de 2023. Si el descendiente vive en otro lugar por motivos de estudio, también se admite. En casos de separación, divorcio o ausencia de vínculo matrimonial, el progenitor con la guardia y custodia del descendiente puede aplicarse el mínimo por descendientes. Si la custodia es compartida, este mínimo se prorrateará por partes iguales entre ambos progenitores, independientemente de que los hijos hayan tributado conjuntamente con uno de ellos, salvo que el descendiente haya recibido más de 1.800 euros en rentas.
- El descendiente no debe haber percibido rentas, excluidas las exentas del impuesto, que superen los 8.000 euros anuales, ni haber realizado una declaración individual del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
- Por otro lado, la Agencia Tributaria permite aplicar esta deducción a descendientes mayores de 25 años, siempre que tengan un grado de discapacidad del 33 % o superior.
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¿Cuánto deducen los hijos en la declaración de la Renta?
A nivel general, estos son los mínimos de las desgravaciones por descendiente:
- 2.400 euros anuales por el primero.
- 2.700 euros anuales por el segundo.
- 4.000 euros anuales por el tercero.
- 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Si el descendiente es menor de tres años, el mínimo correspondiente se incrementará en 2.800 euros anuales. Además, si varios contribuyentes tienen derecho a la aplicación del mínimo familiar por un mismo descendiente, como en el caso de igual grado de parentesco, la cuantía se prorratea entre ellos por partes iguales.
Por último, hay que destacar que algunas comunidades autónomas amplían estos mínimos en algunos supuestos. Estas son las deducciones que se aplican en algunas comunidades:
- En Andalucía son 2.510 euros anuales por el primer descendiente, 2.820 euros anuales por el segundo, 4.170 euros anuales por el tercero y 4.700 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción será 2.920 euros adicionales si son menores de tres años.
- En Islas Baleares se dan 2.970 euros anuales por el segundo hijo, 4.400 euros anuales por el tercero y 4.950 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
- En Galicia se dan 2.503 euros anuales por el primer descendiente, 2.816 euros anuales por el segundo hijo, 4.172 euros anuales por el tercero y 4.694 euros anuales por el cuarto y siguientes. La deducción será de 2.920 euros adicionales si los descendientes son menores de tres años.
- En la Comunidad de Madrid son 2.575,85 euros anuales por el primer descendiente, 2.897,83 euros anuales por el segundo, 4.400 euros anuales por el tercero y 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes. En este caso, la deducción aumentará 3.005,16 euros para los menores de tres años.
- En la Comunidad Valenciana son 2.640 euros anuales por el primer hijo, 2.970 euros anuales por el segundo descendiente, 4.400 euros anuales por el tercer hijo y 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes. Además, la deducción aumentará 3.080 euros para los menores de tres años.