La pensión de incapacidad es una retribución que se otorga a un trabajador para cubrir la pérdida de ingresos cuando por una enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Esta ayuda es gestionada por el sistema de la Seguridad Social, el cual se encargará de determinar la cantidad que corresponde a cada interesado. En términos generales, la pensión de incapacidad permanente total se estable en un 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, esta puede variar en función del tipo de discapacidad que presente.
Aquellas personas con una discapacidad del 33% o superior tienen derecho a una pensión ajustada a su grado de discapacidad, con diversas modalidades de pensiones disponibles según el tipo que se trate. En el caso de una discapacidad total, que impide al trabajador seguir con su actividad laboral habitual, se otorga el 55% de la base reguladora como pensión. Este porcentaje se incrementa en un 20% adicional a partir de los 55 años, con el objetivo de mitigar las dificultades de encontrar empleo en un sector diferente.
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Para aquellos con una discapacidad absoluta, se concede el 100% de la base reguladora. Esta modalidad asegura que la persona reciba una pensión completa debido a su incapacidad para realizar cualquier tipo de actividad laboral. La gran invalidez, que incapacita a la persona incluso para realizar las actividades diarias básicas, también otorga el 100% de la base reguladora más un 50% adicional para cubrir la necesidad de un cuidador profesional.
La cantidad de la pensión se determina no solo por el grado de discapacidad, sino también por factores como la dependencia económica del discapacitado, estatus legal, edad y más. Para obtener detalles específicos sobre los beneficios, se recomienda consultar los centros de atención e información de la Seguridad Social.
Qué requisitos hay que cumplir
La Ley General de la Discapacidad (LGD) regula los derechos y beneficios de las personas discapacitadas, mientras que la Ley de la Seguridad Social establece los requisitos para acceder a las pensiones por discapacidad, que son los siguientes: estar dado de alta en la Seguridad Social; ser menor de 65 años; disponer del certificado de discapacidad emitido por un equipo de valoración competente; tener un periodo de cotización mínimo cubierto.
Si la incapacidad es por enfermedad común, se requieren al menos 1800 días cotizados en los últimos 10 años. Para incapacidad por accidente o enfermedad laboral no se exige cotización previa. Las situaciones de gran invalidez o incapacidad permanente absoluta no dependen de los requisitos anteriores.
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Si se cumplen estos requisitos es posible acceder a una pensión por discapacidad. Sin embargo, esto solo te da acceso a este tipo de retribución, ya que hay que valorar otros aspectos que puede afectar a la cantidad que se reciba como los tipos de discapacidad del 33% o del 65%, así como aspectos similares que pueden ser fundamentales.