El 9 de junio, España elige a los 61 diputados que les representarán en el Parlamento Europeo los próximos cinco años. Son dos más que en 2019, cuando se celebraron las últimas elecciones europeas. En total son 720 -15 más- los parlamentarios a designar entre el jueves 6 y ese domingo 9.
Por España se presentan 33 candidaturas, y es que además de las ya conocidas de PP, PSOE o Vox hay plataformas que han logrado cumplir con los requisitos, algunas con nombres como Escaños en Blanco, Feministas al Congreso o Se Acabó la Fiesta. Las dos principales aspirantes, cabezas de lista, son Dolors Montserrat (PP) y Teresa Ribera (PSOE).
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La campaña electoral durará 15 días desde las 00:00 horas del viernes 24 de mayo. Concluye al llegar la medianoche el viernes 7 de junio, cuando comienza la jornada de reflexión previa al domingo de la votación.
Esto es común a los distintos procesos, ocurre también en las generales, autonómicas y municipales. Lo que no es norma en todos ellos es la circunscripción única, lo que significa que en las elecciones europeas el voto de cada uno de los ciudadanos, independientemente de dónde viva, vale lo mismo.
Pasos y plazos para votar por correo en las elecciones europeas
Hay dos formas de ejercer el derecho al voto en las elecciones europeas. Los censados pueden hacerlo de forma presencial en la mesa electoral que les corresponda o bien votar por correo tanto si residen en España como si lo hacen en el extranjero.
Si se trata de voto presencial, la Oficina del Censo remite una tarjeta a todos los electores residentes en España con sus datos de inscripción en la que figura la mesa y el colegio que les corresponde. También pueden consultarse estos datos en la web del Instituto Nacional de Estadística. La votación comienza 9:00 horas y concluirá a las 20:00.
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Para el voto por correo, reservado para los ciudadanos que se encuentran fuera de su residencia habitual o bien no pueden ejercer el derecho de forma presencial el día 9, o no quieren y prefieren quitarse de encima el trámite, pueden solicitarlo en cualquier oficina de Correos presentando su DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o permiso de conducir originales o por vía telemática en la web.
El plazo para solicitar el voto por correo comenzó el 16 de abril y termina el 30 de mayo. Tras llevar a cabo la solicitud, el elector recibirá por correo certificado la documentación necesaria para votar. Una vez emitido el voto de esta forma, de nuevo en cualquier oficina de Correos, no se podrá emitir de forma presencial.

Un matiz importante, con tintes de leyenda urbana, es que solicitar el voto por correo no exime de poder ser llamado a una mesa electoral. Los miembros de las mesas se eligen por sorteo entre censados de entre 18 y 70 años. Ha sido celebrado entre el 11 y el 15 de mayo.
Para saber si has sido ‘agraciado’ en ese sorteo solo tienes que abrir la puerta al cartero en caso de que pase por tu casa a tal propósito. Los miembros de las mesas, se trate de presidente, vocales o suplentes, reciben en mano la citación. A partir de ese momento cuentan con un periodo de siete días para presentar alegaciones para intentar librarse de la obligación.
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