
El próximo 9 de junio se efectuarán las elecciones al Parlamento Europeo, y las comunidades ya comienzan con los preparativos para estas. El Ayuntamiento de Madrid ha finalizado el sorteo que determinará la composición de las mesas electorales, las cuales han designado que 30.789 madrileños formarán parte del proceso electoral en 434 centros educativos distribuidos por la ciudad.
Tal y como ha explicado el secretario durante el pleno extraordinario, se ha realizado la selección de nueve integrantes por mesa, que incluyen un presidente, dos suplentes, y dos vocales con sus respectivos suplentes. Este método garantiza una asignación aleatoria y equitativa, asegurando así la transparencia y la imparcialidad en la constitución de las mesas electorales.
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Los ciudadanos elegidos serán notificados en sus domicilios mediante una carta certificada para informarles de su designación y las responsabilidades que esto conlleva. Y con el objetivo de agilizar el proceso, el Ayuntamiento ha dispuesto también la notificación electrónica, a la que se puede acceder a través de la sede electrónica municipal.
La ley establece la obligatoriedad de aceptar el cargo asignado, salvo justificación documentada válida. Aquellos ciudadanos que no puedan acudir a la cita deben presentarse ante la Junta Electoral de Zona de Madrid (calle Manuel Luna, 29), pudiendo también utilizarse un formulario electrónico que se ha habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Entre las causas aceptadas están la edad (para aquellos entre 65 y 70 años), discapacidades, obligaciones profesionales ineludibles, y haber participado en anteriores comicios en un periodo de diez años, tal y como establece el artículo 26.2 Ley Orgánica Régimen Electoral General. Si se decide emitir la renuncia de forma electrónica, esta se tramitará de manera automática con una verificación de datos de edad en el censo y se generará la aceptación en ese momento.
De hecho, quienes de ausenten sin previo aviso de sus deberes el día de las elecciones podrían enfrentarse a consecuencias, ya que este hecho está considerado delito electoral y se encuentra sujeto a sanciones significativas, estas serían prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses, así como estipula el artículo 143 Ley Orgánica Régimen Electoral General.
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Aquellos que finalmente sean miembros activos de las mesas recibirán un permiso retribuido el día de votación, así como otros beneficios. El presidente y los dos vocales obtienen el derecho a un permiso retribuido si la votación afecta a su jornada laboral, así como una reducción de cinco horas en su jornada el lunes siguiente y una dieta de 70 euros.
El proceso electoral no solo es un derecho, sino también un reflejo de la participación ciudadana en la construcción y dirección de su sociedad. En esta ocasión, están convocados a las urnas 2.767.757 personas, de los cuales 2.400.298 son residentes de nacionalidad española, 347.203 son electores españoles residentes permanentemente en el extranjero, lo que se conoce como voto CERA, y 17,256 electores de la Unión Europea, no españoles, pero residentes en España.
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