
Aunque hasta los seis años no es obligatorio estar escolarizado en España, lo cierto es que muchas familias prefieren que sus hijos accedan a la educación algo antes. Ya sea por convicciones personales o por necesidades del día a día, los padres españoles suelen acudir a escuelas de Educación Infantil tan pronto como pueden, tanto que esta primera etapa parte desde los 0 años de edad.
Sin embargo, al no tratarse de una fase obligatoria, la mayoría de las plazas ofertadas para estos pequeños se encuentran en centros privados. Es por ello que las administraciones públicas suelen ofrecer ayudas a las familias que necesiten de estos servicios pero no puedan hacer frente a los pagos. Desde la Comunidad de Madrid, se ha aprobado una partida de 67,3 millones de euros para becas del primer ciclo de Educación Infantil (de 0 a 3 años), un incremento del 33% en comparación al curso anterior.
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El Gobierno regional calcula que se beneficiarán cerca de 34.000 niños escolarizados en centros privados el próximo año escolar 2024/25. El plazo de presentación se abrió el pasado martes 30 de abril y continuará hasta el jueves 23 de mayo.
Los requisitos de las becas de Educación Infantil
Esta iniciativa va dirigida a niños que hayan nacido (o vayan a nacer) antes del 1 de enero de 2025. Deben estar matriculados o tener reserva de plaza para el curso 2024/25 en un centro privado autorizado. Respecto a su unidad familiar, la renta per cápita no puede superar el límite de 35.913 euros.
La ayuda ha de solicitarla uno de los progenitores, el tutor, acogedor o la persona encargada de la guardia y custodia del menor. No obstante, deben firmarla todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar. Podrá solicitarse para varios hermanos, pero en una sola solicitud.
Las cuantías de la beca se calcularán según la renta de la familia. Dependiendo de esta cifra, podrán recibir entre 1.947 euros anuales y 3.113 euros anuales.
Cómo solicitar las becas de escolarización de Madrid
La solicitud puede encontrarse publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid o en la página web de la autonomía. Se podrá presentar de forma telemática, a través de la web institucional, siempre que se cuente con un certificado electrónico. También puede presentarse de forma presencial en las oficinas de Correos, tal y como establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Junto con la petición, se deberá adjuntar una copia del DNI o NIE en vigor, una copia del libro de familia o documento que acredite los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. En el caso de familias numerosas, habrá que aportar también una copia del Título de Familia Numerosa. Para determinar los ingresos laborales, se consultará la renta del ejercicio de 2022.
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