Durante el tercer trimestre de 2023, España ha experimentado un notable crecimiento poblacional, sumando un total de 118.667 personas a su demografía. Este aumento ha elevado el número de habitantes del país a 48.446.594, de acuerdo con los últimos datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este incremento destaca no solo por el volumen, sino también por la composición de la población, donde una significativa cifra de 6.372.463 individuos proviene de otros países.
Sin embargo, son muchos los que luchan para obtener la nacionalidad española. Por ello, existen diferentes vías y diferentes criterios por las que los ciudadanos pueden adquirirla. El Ministerio de Justicia indica en su web que existen cinco formas de adquirirla: nacionalidad, por residencia, por carta de naturaleza, para españoles de origen, por posesión de Estado y por opción.
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Los cinco tipos
Son considerados españoles de origen aquellos individuos nacidos de al menos un progenitor español, así como aquellos quienes, incluso nacidos en el extranjero, son descendientes de padres expatriados que por diversas razones no poseían la nacionalidad española. Esto último implica que deben iniciar un proceso ante el Registro Civil para hacer valer sus derechos de nacionalidad. Además, se contempla la situación de menores nacidos en territorio español cuyos padres son desconocidos, estableciéndose su españolidad automáticamente.
Son también considerados españoles de origen los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si estos son mayores de 18 años, podrán optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
Entre otras vías de acceso a la nacionalidad, la ley española también reconoce la nacionalidad por opción, un proceso disponible para aquellos bajo patria potestad de un ciudadano español o individuos adoptados por españoles post-adolescencia. De forma particular, esta modalidad acoge a los descendientes de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casar con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
Por otro lado, la nacionalidad por residencia permite a migrantes que hayan vivido en España durante diez años de manera continua y legal solicitarla tras cumplir ciertos periodos de tiempo, con condiciones específicas que facilitan el proceso para refugiados y otros grupos.
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Para situaciones excepcionales, España ofrece la nacionalidad por carta de naturaleza, otorgada por el gobierno a individuos con méritos excepcionales a través de un Real Decreto. También se encuentra la poco conocida vía de nacionalidad por posesión de estado, accesible tras una década de uso continuado y de buena fe de la identidad española, lo cual requiere de un procedimiento inicial en el Registro Civil.
Estas disposiciones reflejan la complejidad y la diversidad de casos que pueden ser considerados para otorgar la identidad española, y resaltan el esfuerzo del país por adaptar su legislación a un mundo cada vez más globalizado.