La Junta Electoral abre un expediente a Pedro Sánchez por hacer campaña a favor de Illa en su viaje a Doha

La JEC considera un incumplimiento del deber de neutralidad utilizar el eslogan de la campaña del PSC en favor del candidato socialista catalán

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El presidente del Gobierno, Pedro
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece en el Complejo de la Moncloa. (MONCLOA)

La Junta Electoral Central (JEC), el órgano superior de la Administración electoral de España, ha abierto un expediente sancionador al presidente del Gobierno Pedro Sánchez por realizar unas declaraciones en apoyo a Salvador Illa, candidato socialista a las elecciones catalanas del 12 de mayo, en una rueda de prensa en Doha, Qatar, que tuvo lugar el 3 de abril.

En dicha rueda de prensa, Sánchez elogió al candidato socialista a la Generalitat usando las palabras del lema del PSC para las elecciones, lo que el organismo considera un incumplimiento del deber de neutralidad. Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) interpuso la denuncia ante la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que ahora el órgano mayor ha admitido. En el texto, aseguran que Sánchez ha vulnerado la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), por lo que tendría que pagar una multa de hasta 3.000 euros.

Al ser preguntado por los comicios catalanes en esta ciudad de Oriente Medio, Sánchez defendió al líder socialista catalán usando uno de los lemas que ha acuñado el partido de cara al próximo 12 de mayo: “Si hay alguien que puede unir y servir ahora mismo la sociedad catalana, creo que tiene un nombre y un apellido, que es Salvador Illa”, dijo en la rueda de prensa en Doha.

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Multa de un máximo de 3.000 euros

En la resolución que recoge Europa Press, aseguran que se vulnera el artículo 50.2 de la LOREG, que recoge que desde que se convocan elecciones hasta que se realizan, está prohibido en cualquier acto oficial hacer alusiones “a las realizaciones o a los logros obtenidos”, utilizar “imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”. Esto vulneraría lo pronunciado por el presidente Sánchez, ya que estaría haciendo referencia al lema ‘Unir y servir del PSC.

El presidente continuará al frente del Gobierno "con más fuerza si cabe" tras un periodo de reflexión de cinco días.

Además de esto, la denuncia de ERC estima y resuelve que “las manifestaciones vertidas por el presidente vulneran “la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la LOREG, así como el deber de neutralidad política que en actos institucionales deben respetar los cargos públicos durante los periodos electorales”, y le instan a que, en el resto de la campaña “se abstenga de realizar actuaciones como la examinada”.

El presidente del Gobierno puede reconocer la infracción y pagar voluntariamente una sanción de 2.400 euros, que si lo hace rápido podría rebajarse a 1.800, o bien presentar alegaciones en el plazo de diez días y dejar que la magistrada de la JEC acabe resolviendo.

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Además, este lunes, después de la comparecencia del presidente en Moncloa y tras el anuncio de su entrevista a las 21.00 horas en TVE con los periodistas Marta Carazo y Xabier Fortes, el Partido Popular, Esquerra Republicana y Ciudadanos han interpuesto quejas formales por lo que consideran un uso indebido de RTVE por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, criticando sus acciones de promoción política en el canal público durante el período de campaña para las elecciones en Cataluña del próximo 12 de mayo

No es la primera vez que Pedro Sánchez se enfrenta a una multa por incumplir la LOREG. Con motivo de las elecciones de 2019, tuvo que pagar una multa de 500 euros por usar la Moncloa en campaña electoral, y en 2023 fue multado con 2.200 euros por criticar al PP y Vox en un Consejo Europeo en plena campaña, quebrando así el principio de neutralidad de los cargos públicos durante la campaña electoral de las generales.

* Con información de EFE y Europa Press

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