La Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 3 años de prisión para un ex cadete de la Academia General Militar de Zaragoza que participó en un trío no consentido junto a otro caballero cadete y una dama cadete, la denunciante de los hechos. La sentencia, a la que ha tenido acceso Infobae España, también ratifica la absolución del segundo varón que intervino en el encuentro sexual, en contra de la postura de la Fiscalía.
En primera instancia, el tribunal militar condenó a uno de los acusados a 2 años y 8 meses de cárcel como autor de un delito de abuso sexual, calificado como agresión sexual tras la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí. También le impuso una pena de 4 meses de prisión por un delito contra los derechos fundamentales entre los militares, en concreto por la prohibición de actos de abuso sexual, recogida en el Código Penal Militar. El otro cadete acusado resultó absuelto al apreciar el tribunal “dudas” sobre si era consciente de la “revocación del consentimiento” por parte de la denunciante.
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La defensa de ambos alumnos, ejercida por el abogado Antonio Suárez-Valdés, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la condena al primero de ellos. Además, tanto la Fiscalía como la denunciante recurrieron ante el alto tribunal la absolución del segundo de los acusados.
Relaciones consentidas previas
Los hechos ocurrieron en abril de 2021, cuando el condenado y la denunciante mantenían una “relación afectivo-sexual” dentro de la Academia General Militar. En ese contexto, el cadete sugirió a la dama abrir la relación a una tercera persona, concretamente a otro cadete de la academia. En una videollamada a tres, la mujer aceptó la propuesta para participar en un trío sexual junto a los dos cadetes.
La noche anterior a la cita, la dama acudió a la camareta donde se encontraban los dos varones, donde mantuvieron sexo oral “de forma consentida”, puntualiza la sentencia. Al día siguiente, cuando estaba previsto el encuentro sexual, solo comparecieron la mujer y el que por entonces era su pareja “afectivo-sexual”, quienes mantuvieron “de forma voluntaria y mutuamente aceptada relaciones sexuales completas”. A la cita no se presentó el otro cadete, quien se excusó por motivos académicos.
Unos diez días después, los dos cadetes contactaron con su compañera para concertar un nuevo encuentro. Ella se desplazó a la antes citada camareta “al objetivo de mantener con ambos acusados relaciones sexuales consentidas”, prosigue la sentencia. Una vez allí, se encontró con otros compañeros, quienes sabían del motivo del encuentro. Ante ese escenario, “la víctima comenzó a sentirse incómoda”.
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Así, la cadete “tomó la determinación de no mantener esa noche relación sexual de ningún tipo”. Se lo manifestó al alumno con el que mantenía una relación, pero éste hizo “caso omiso” y le dijo que “ya que estaba allí, que se quedara e hiciera aquello para lo que había venido”. El cadete, “despreciando en todo momento la voluntad expresada” por la mujer, la llevó a la zona de duchas. Allí también apareció el otro alumno con el que habían concertado el encuentro, quien cerró la puerta y apagó la luz.
En ese momento, la dama cadete entró en un estado de bloqueo y desconcierto que imposibilitó ningún tipo de reacción, adoptando una actitud de sometimiento y pasividad y abstrayéndose de todo lo que sucedía a su alrededor”. Los acusados la introdujeron en una de las duchas y comenzaron a desnudarla al tiempo que ellos también se desnudaban, “manteniendo con la victima relaciones sexuales de forma sucesiva, siendo penetrada vaginalmente” por ambos. Después, se ducharon y salieron, “dejando a la dama cadete sola y desnuda en la ducha”.