Los libros de texto o las actividades extraescolares: todos los gastos que puedes deducir de la declaración de la Renta si tienes hijos

Los beneficios fiscales asociados con libros de texto, uniformes, entre otros, varían según la comunidad autónoma

Una profesora da clase el día del inicio del curso en el colegio de la Alameda de Osuna, en Madrid. (Marta Fernández / Europa Press)

La declaración de la Renta representa un procedimiento anual que puede generar confusión entre muchos contribuyentes. Uno de los elementos cruciales es la optimización de las deducciones fiscales disponibles, especialmente aquellas vinculadas a la situación de tener hijos.

En este contexto, si eres padre o madre y has desembolsado dinero en la compra de libros de texto, actividades extraescolares y material escolar, es probable que te preguntes si estos gastos son deducibles en la declaración de la Renta del año 2023. Sin embargo, los beneficios fiscales asociados con libros de texto, uniformes, entre otros, varían según la comunidad autónoma. En otras palabras, no existen deducciones a nivel estatal para estos conceptos.

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Qué gastos son deducibles en cada una de las comunidades autónomas

De este modo, los gastos escolares están sujetos a deducciones autonómicas, lo que implica que varían según la región y no existe una desgravación uniforme en todo el territorio español. Así, a continuación se presentará una lista de las deducciones escolares de cada una de las comunidades autónomas:

  • Andalucía: En esta comunidad, los contribuyentes tienen la posibilidad de deducir el 15% de los gastos abonados por enseñanza escolar y extraescolar, que incluye clases de informática e idiomas, con un límite máximo de 150 euros al año por cada hijo.
  • Aragón: la comunidad aragonesa se centra en la adquisición de libros de texto y material escolar, hasta el 100% en Primaria y Secundaria. Las familias no numerosas pueden beneficiarse de deducciones que oscilan entre los 37,5 y 100 euros por hijo, dependiendo de sus ingresos, si presentan su declaración conjuntamente. Por otro lado, las familias numerosas pueden deducirse hasta 150 euros por hijo. En el caso de presentar la declaración de manera individual, las familias no numerosas tienen derecho a deducciones que van desde los 25 hasta los 50 euros por hijo, mientras que las familias numerosas pueden deducirse hasta 75 euros por hijo.
  • Asturias: En Asturias se ofrece una deducción del 15% sobre los gastos destinados a niños de 0 a 3 años, con un límite máximo de 330 euros por hijo, siempre y cuando la base imponible sea inferior a 25.009 euros para la tributación individual y 35.240 euros para la conjunta. Además, los contribuyentes pueden beneficiarse de una deducción que oscila entre los 25 y 150 euros para la compra de libros y material escolar destinado a la Educación Primaria y Secundaria.
  • Castilla La Mancha: Los contribuyentes tienen la posibilidad de deducir los gastos realizados en la adquisición de libros de texto, así como el 15% del costo de clases extraescolares de idiomas, clases de refuerzo y gastos de estudio fuera del municipio de residencia. Esta deducción tiene un límite de 200 euros por año por cada hijo. En el caso de familias no numerosas que tributan conjuntamente, y de 300 euros para familias numerosas. En el caso de la tributación individual, el límite es de 100 euros por hijo al año si no se es familia numerosa, y de 150 euros por hijo para aquellas que sí lo son.
  • Comunidad Valenciana: En la Comunidad Valenciana las deducciones aplicables son:
    • Se ofrece una deducción para desempleados destinada a la compra de material escolar y libros de texto, con un límite máximo de 100 euros. Para ser elegible, la base imponible total debe ser inferior a los 25.000 euros en el caso de tributación individual, o a los 40.000 euros en el caso de tributación conjunta.
    • En el caso de los gastos de guardería, la deducción llega al 15% con un límite de 270 euros.

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  • Extremadura: En este caso, se ofrece la posibilidad de deducir 15 euros por la compra de material escolar por cada hijo a cargo en edad escolar obligatoria. El monto deducible por hijo está sujeto a los límites de la base imponible total, aunque existen excepciones para las familias numerosas.
  • Islas Baleares: Los contribuyentes tienen la opción de deducir un máximo de 220 euros por hijo de los gastos destinados a libros de texto en las etapas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato y Ciclos Formativos. Asimismo, por las clases de estudios extraescolares de idiomas extranjeros, se puede deducir el 15% del gasto, con un límite máximo de 110 euros por hijo.
  • Islas Canarias: En las Islas Canarias, los contribuyentes tienen la posibilidad de deducir los gastos escolares asociados a libros de texto, material escolar, uniformes escolares, transporte, entre otros. La cantidad deducible varía según los ingresos familiares y el número de hijos a cargo, con diferentes límites establecidos. Es importante que los gastos deducibles estén respaldados por facturas, y en caso de que dos contribuyentes tengan derecho a la deducción, esta será dividida equitativamente entre ellos.
  • Murcia: En la Región de Murcia, se ofrece una deducción del 15% para los gastos de guardería y centros escolares de hijos menores de 3 años. Además, se proporciona una deducción de 120 euros para la compra de material escolar y libros de texto.
  • Comunidad de Madrid: Los contribuyentes tienen la opción de deducir un 5% de los gastos incurridos en la adquisición de uniformes escolares y un 15% de los gastos relacionados con clases de idiomas. El límite para esta deducción es de 400 euros por hijo si se deducen los gastos de uniformes o clases de idiomas, o ambos de manera conjunta. Si además se deducen los gastos de escolarización obligatoria, el límite aumenta a 900 euros por hijo. Para los niños matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil, la deducción máxima es de 1.000 euros por menor.
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