Caso Asunta: estos son los motivos por los que denegaron el tercer grado a Alfonso Basterra

En enero pidió este régimen, que marcó la primera vez que solicitaba cualquier tipo de permiso desde que cumple su condena

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Alfonso Basterra, padre de Asunta
Alfonso Basterra, padre de Asunta Basterra (EUROPA PRESS)

Este año se cumple el 11º aniversario de el caso Asunta. Un asesinato que conmocionó a toda España por su crudeza y la historia que se desenvolvió a su alrededor. Ahora vuelve a las cabeceras de los medios por la serie que se estrena este viernes tratando el tema. ‘El caso Asunta’ está protagonizada por Candela Peña y Tristán Ulloa, que interpretan a los padres adoptivos de Asunta Basterra Porto, la niña asesinada por sus dos progenitores.

Ambos fueron sentenciados a 18 años de prisión en 2015, al ser considerados culpables de haber sedado y asfixiado a Asunta Basterra Porto en septiembre de 2013. Esta sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, desestimando los recursos de apelación presentados por los abogados de los condenados.

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La madre, Rosario Porto, se ahorcó el 18 de noviembre de 2020 en la celda en la que se encontraba de la prisión de Brieva, Ávila, tras varios intentos de suicidio. Por su parte Alfonso Basterra sigue cumpliendo su pena en la cárcel de Teixero. Hasta el momento no había pedido ningún permiso para salir de la cárcel, aunque fuera solo un día, hasta este año.

En enero solicitó que se le concediera el tercer grado, que le supondría entrar en régimen abierto. De esta manera ingresaría en un centro de inserción de social y solo tendría que acudir para dormir, estando en libertad el resto del día. Las instituciones penitenciarias le han denegado esta petición. El principal argumento que presentaron es que su salida crearía demasiada alarma social, ya que su crimen generó mucha conmoción y sigue en la mente de todos los españoles. Basterra todavía tendría la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal que le condenó en su momento.

Los grados penitenciarios en España

En España las penas de prisión se sustentan en la búsqueda de una futura reinserción del reo, por lo que existen diferentes grados, con más o menos libertad. La forma de clasificar es mediante el seguimiento y la evaluación por por parte de un equipo multidisciplinario compuesto por psicólogos, trabajadores sociales, educadores sociales y juristas, que proponen una clasificación inicial y la van revisando con el tiempo.

Aunque se pueda pensar que la clasificación en grados viene dictada por el delito cometido, no es así. Se realiza en base a una evaluación individualizada que considera principalmente el comportamiento en prisión y la capacidad de adaptación del interno. Esta clasificación puede transitar desde el primer hasta el tercer grado, dependiendo de factores como la peligrosidad, el comportamiento y la posibilidad de reingreso a la sociedad bajo ciertas condiciones. La dinámica de este sistema permite que, en ciertos casos, los internos puedan ser catalogados en un grado superior sin necesidad de transitar previamente por los grados inferiores, siempre y cuando las condiciones personales y de comportamiento así lo justifiquen.

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Los tres grados penitenciarios establecen diferencias significativas en el nivel de vigilancia, libertad y responsabilidad dentro del centro. El primer grado se asigna de manera excepcional a aquellos considerados de alta peligrosidad o con una inadaptación grave, y no posee un límite temporal específico, sino que depende de la evolución del interno. El segundo grado es el más común y se aplica a aquellos con capacidades de convivencia normal pero que aún no están listos para la semilibertad. El tercer grado, por su parte, se dirige a internos que demostraron estar preparados para un régimen de semilibertad, mostrando adaptación y responsabilidad suficientes.

Esta estructura clasificatoria se complementa con la posibilidad de acceder a la libertad condicional, un beneficio que no se considera un grado pero que representa un paso significativo hacia la reinserción social del penado, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos previamente establecidos. La implementación de las tecnologías de la información y comunicación se presenta como un recurso adicional para el ejercicio de derechos dentro del contexto penitenciario, siempre sujetas a las capacidades materiales de cada institución y bajo el cumplimiento de las normas internas.

Tráiler oficial de 'El caso Asunta'.
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