La campaña de la declaración de la Renta 2023/2024 arrancó el pasado 3 de abril. Esta se dará por cerrada el 1 de julio en el que se habrá tenido que declarar el ejercicio fiscal del año pasado. En este sentido, los contribuyentes que tengan ingresos iguales o superiores a los 22.000 euros están obligados a cumplimentar este procedimiento. El 7 de mayo arranca el plazo para presentar la declaración por teléfono y el 3 de junio llega el turno de los contribuyentes que opten por completar los trámites in situ en cualquiera de las oficinas del organismo. Estos últimos, no obstante, tienen que pedir cita previa a partir del 25 de mayo.
El resultado solo puede ser uno: que salga a devolver o a pagar. En el caso de que salga la segunda opción, esto significa que durante 2023 se le retuvo menos IRPF de lo debido y ahora hay que pagar a Hacienda las cantidades pendientes.
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¿Qué hacer si te sale a pagar la Renta?
La Agencia Tributaria explica que al realizar la declaración de la renta a través de su web, las modalidades de ingreso de este dinero se agrupan en: “no fraccionado” y “pago fraccionado”.
En caso de seleccionar de no fraccionar el pago y realizar uno de forma única, se podrá domiciliar la cantidad; ingresar con pago electrónico, como por ejemplo, pago con cargo en cuenta o con tarjeta de crédito o de débito; o ingresar el dinero acudiendo a una entidad bancaria con el documento que especifica la cantidad a ingresar.
Pero también existe la opción de fraccionar el pago de lo que tenemos que devolver a Hacienda, que ofrece esta posibilidad a todos los contribuyentes. Las condiciones son las mismas que en el caso de realizar un pago único y desde la Agencia Tributaria aseguran que se podrá fraccionar, sin interés o recargo alguno, en dos partes. Mientras en el primero plazo se deberá abonar el 60% del importe, en el segundo se ingresará el 40% de la cantidad a abonar. En el caso de optar por esta opción, se debe marcar la casilla correspondiente que se encuentra entre las últimas del borrador.
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Quiénes están obligados a realizar la declaración de la Renta
Todas aquellas personas que hayan percibido más de 22.000 euros de un solo pagador, o 14.000 euros de más de uno, están legalmente obligadas a presentar la declaración de la renta. En el segundo caso, la suma de los ingresos de los pagadores adicionales debe exceder los 1.500 euros anuales.
Además, también deben cumplir con esta obligación aquellos individuos que reciban pensiones compensatorias del cónyuge o cuando el pagador no esté sujeto a retención fiscal o esta se aplique a un tipo fijo.
Asimismo, todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración de impuestos, independientemente de la cantidad percibida.