La fórmula para cobrar la pensión de viudedad y el subsidio por desempleo al mismo tiempo

Quienes sean beneficiarios de una pensión de viudedad y también cobren subsidio por desempleo deben informar al Servicio Público de Empleo Estatal

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Una pensionista calculando su pensión
Una pensionista calculando su pensión de viudedad (Imagen de shurkin_son en Freepik).

La pensión de viudedad es “una prestación contributiva de la Seguridad Social a la que tenemos derecho cuando nuestra pareja ha fallecido”, dicho en términos generales en la revista oficial de esta misma entidad. Este subsidio vitalicio se crea con el objetivo de ofrecer protección financiera a los beneficiarios tras el fallecimiento del contribuyente. La defunción de un familiar no solo representa un duro golpe emocional, sino también una significativa reducción de ingresos para el núcleo familiar. Por tanto, esta prestación busca garantizar el sustento básico de un hogar que, hasta ese momento, contaba con el aporte económico de dos sueldos o pensiones mensuales. En el caso de los subsidios públicos, muchas veces resulta incompatible combinarlos con otros, pero también hay ciertas ocasiones en las que esto sí es posible, sobre todo con aquellos subsidios más generales como puede serlo el de desempleo.

De este modo, las personas que sean beneficiarias de una pensión de viudedad y, al mismo tiempo, cobren subsidio por desempleo deben informar obligatoriamente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sobre la recepción de dicho beneficio. La compatibilidad entre ambos ingresos se mantendrá siempre y cuando la cantidad mensual de la pensión de viudedad, con la inclusión del prorrateo de las pagas extraordinarias, no exceda, incluyendo el prorrateo de pagas extraordinarias, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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Además, en la evaluación de los ingresos para determinar la elegibilidad para recibir el subsidio por desempleo, se sumarán aquellas rentas que el beneficiario pueda tener por otros conceptos a la cantidad recibida por la pensión de viudedad.

Una excepción a la norma

Existe un caso particular en el que, si la pensión de viudedad supera el 75 % del SMI debido a la inclusión del complemento de mínimos, pero sin contar este complemento no supera el límite establecido, el beneficiario podrá seguir recibiendo ambos ingresos (subsidio por desempleo y pensión de viudedad) si decide renunciar al complemento de mínimos frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esta elección implicará que, para la determinación de los requisitos de carencia de rentas individuales para el subsidio, no se considerará dicho complemento de mínimos.

Los beneficiarios deben ser conscientes de que, si continúan recibiendo el subsidio por desempleo sin haber declarado su condición de pensionistas de viudedad, y sus ingresos exceden el límite del 75 % del SMI, esta acción será considerada una infracción grave. Esto puede resultar en la imposición de sanciones, incluida la pérdida del derecho al subsidio por desempleo. Es esencial que los beneficiarios cumplan con la normativa vigente y comuniquen de manera oportuna al SEPE cualquier cambio en su situación financiera.

Como es habitual en estos casos, puedes solicitar el subsidio por la página web del SEPE, así como pedir cita -por la página web o por teléfono- para personarte en una de las oficinas de prestaciones del Servicio. Hay que recordar que, aunque la pensión de viudedad se otorga como una ayuda de por vida, hay ciertas situaciones, como contraer matrimonio o establecer una nueva unión de hecho, que pueden provocar su finalización. No obstante, existen algunas excepciones que posibilitan mantener la pensión, las cuales se basan principalmente en la edad del beneficiario, la presencia de una discapacidad o la dependencia económica del mismo hacia este subsidio.

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