La Sanidad murciana, condenada a indemnizar a un paciente que perdió la visión de un ojo por un procedimiento negligente

El Servicio Murciano de Salud deberá pagar 148.000 euros a una persona que perdió la vista en un ojo tras colocarle una lente intraocular errónea

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Manifestación en defensa de dar más recursos a la Sanidad Pública. (Pepe Torres/EFE)
Manifestación en defensa de dar más recursos a la Sanidad Pública. (Pepe Torres/EFE)

Los hospitales, agobiados por la saturación y la falta de recursos, acumulan problemas en los juzgados. El Servicio Murciano de Salud deberá abonar una indemnización de 148.000 euros a un paciente que perdió la visión en un ojo tras colocarle una lente intraocular errónea, según la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, estima así parcialmente el recurso que presentó el perjudicado, que reclamó una indemnización de 253.000 euros.

En su demanda, expuso que fue víctima de una doble negligencia médica, la primera, por la colocación de la lente errónea, y la segunda porque al ser intervenido de nuevo para corregir ese fallo se le produjo una lesión corneal que está en el origen de la ceguera que sufre.

La Sala de lo Contencioso condena al Servicio Murciano de Salud y a su aseguradora a indemnizar al paciente con 148.000 euros, más intereses legales, por los perjuicios sufridos tras indicar que se ha demostrado la existencia de una relación entre el daño por el que reclamó y el funcionamiento de los servicios públicos. Y añade que hubo una mala praxis en la intervención realizada para la implantación de la lente, que conllevó la necesidad de tener que se operado de nuevo, con los efectos indeseados que también sufrió como consecuencia.

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Otros casos de negligencia

No es el único caso reciente en el que la Sanidad ha sido condenada en los tribunales por negligencia. En enero, el Servicio Andaluz de Salud y su aseguradora tuvieron que pagar 500.000 euros a los padres de una niña por una negligencia médica cometida por el Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital San Agustín de Linares (Jaén), por la que la menor sufrió lesiones en un hombro -en concreto, una parálisis braquial en su miembro superior izquierdo- durante su alumbramiento.

Además, en febrero, la Conselleria de Sanidad de la Generalitat de Valencia fue condenada a indemnizar con 50.000 euros a una paciente que sufrió daños secundarios tras dos operaciones de espalda hace diez años. La mujer, de 26 años, fue sometida en el Hospital General de Alicante a una cirugía de espalda en 2014 con fijación con tornillos, sin que antes fuera informada de los riesgos a los que se exponía.

La sanidad pública española deja sin realizar casi dos millones de cirugías por la saturación de las listas de espera.

Inmediatamente después, comenzó a sufrir episodios de parálisis en sus piernas, pérdida de fuerza e incontinencia urinaria, y tras una nueva operación se comprobó que dos de los tornillos estaban rotos.

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Y en marzo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería ordenó al Servicio Andaluz de Salud a abonar 180.000 euros a un paciente por los daños sufridos a consecuencia de una asistencia médica negligente, tras una operación en la que sufrió una infección. Ese mismo mes, el Tribunal Supremo condenó a la Sanidad de Castilla y León a indemnizar a la familia de un hombre fallecido tras no ser atendido en la sanidad pública de un cáncer de vejiga que le fue diagnosticado. El hombre, de 72 años, no recibió fecha para su tratamiento tres meses después de haber recibido los resultados de una biopsia donde confirmaron la existencia de la enfermedad, tuvo que acudir a la sanidad privada y falleció.

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