El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado procedente el despido de una trabajadora del supermercado Eroski que había robado 15 euros de la cartera de una clienta. Con esta sentencia se confirma una anterior del Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao.
La empleada había pedido un recurso al primer fallo principalmente porque consideraba que se había vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial. En concreto, denunciaba no haber podido visionar las imágenes grabadas por las cámaras de videovigilancia del establecimiento antes del juicio oral, lo que según ella le había generado una indefensión. Esta argumentación fue rechazada debido a que las grabaciones se vieron durante el juicio oral, por lo que se acreditaron debidamente los hechos acontecidos.
También denunció que las grabaciones habían sido editadas y solo se habían eliminado parte de las imágenes, lo que “ofrece una visión sesgada de lo sucedido”. La razón detrás de esto es que de otro modo, el visionado habría durado horas, lo que habría sido imposible en el proceso judicial. Por ello solo se mostraron las necesarias y suficientes para acreditar los hechos imputados por la empresa para decidir la expulsión.
Te puede interesar: Cuál es la indemnización por despido de un trabajo en España y qué cambios pide el Consejo de Europa
Qué ocurrió
El suceso ocurrió el pasado 24 de septiembre de 2022, según informaciones de la Dirección Social del mencionado centro comercial, donde la empleada llevaba 20 años trabajando en el área de Carnicería y Charcutería. Según las cámaras de seguridad captaron como la demandante entró a la oficina donde estaban almacenados los objetos perdidos y ahí cogió una cartera que una clienta había dejado olvidada.
Volvió a su puesto de trabajo con la cartera dentro de su delantal y pasadas unas horas volvió al sitio donde la había sustraído para dejarla de nuevo para no levantar sospechas. Sin embargo, en este momento ya faltaban los 15 euros en metálico que se encontraban dentro originalmente. La empleada contó en su versión que ella solo cogió la cartera con la intención de devolvérsela a su dueña y a raíz de esto vino su demanda, ya que aseguraba que en las grabaciones no se podía ver el tiempo transcurrido entre ambos momentos. El fallo asegura que se ve claramente como se lleva el dinero.
En principio el hecho pasó desapercibido para la empresa, pero en una revisión de las cámaras pudieron ver el momento del robo, lo que les llevó al despido de su empleada. “A 25 de enero de 2023, En cumplimiento de lo establecido en el art.28.4 de nuestros Estatutos Sociales, se le comunica que la sanción de ‘Expulsión’ acordada por el Consejo Rector ante la comisión de una Falta Muy Grave de carácter laboral, es ejecutiva desde el 21 de enero de 2023,motivo por el cual se le adjunta la documentación correspondiente a su baja en Eroski”, se lee en el escrito que fue mandado a la demandante.
Te puede interesar: Despedida por montar un local de uñas durante una baja por enfermedad: le hizo la manicura al detective
Este caso podría no estar cerrado y continuar su recorrido por los juzgados, ya que en la sentencia se especifica que no es firme, “pudiendo interponer recurso de casación para la unificación de la doctrina en los términos y con los requisitos que se detallan en las advertencias legales que se adjuntan”.