Estos son los vehículos que podrán circular por el arcén, según la DGT

La Dirección General de Tráfico introduce cambios revolucionarios para agilizar el tráfico y aumentar la seguridad vial, permitiendo a las motos y otros vehículos usar el arcén bajo ciertas condiciones

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Varios coches circulan por la autovía A5, en Madrid (A. Pérez Meca/Europa Press)
Varios coches circulan por la autovía A5, en Madrid (A. Pérez Meca/Europa Press)

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una modificación normativa que permitirá circulación por el arcén a motocicletas bajo ciertas condiciones, una medida que busca responder a la creciente congestión del tráfico. Tradicionalmente, las motos, por su tamaño reducido y agilidad, han tenido la capacidad de moverse con más fluidez que los coches, especialmente en situaciones de tráfico denso. Este dinamismo les ha permitido, por ejemplo, situarse en posiciones ventajosas en los semáforos, aprovechando su capacidad de maniobra.

A pesar de la práctica común de circular por el arcén en situaciones de tráfico lento o parado, hasta ahora, esta acción no estaba permitida por el vigente Reglamento General de Circulación, enfrentándose los infractores a multas de hasta 200 euros. No obstante, en un cambio significativo, la DGT ha introducido una excepción a esta regla en su última actualización normativa.

A partir de la entrada en vigor de un nuevo Real Decreto, programado para 2025, los motoristas tendrán la oportunidad de utilizar el arcén derecho en todas las vías donde se presente retención de tráfico. Sin embargo, esta permisibilidad viene acompañada de restricciones encaminadas a preservar la seguridad. La velocidad de circulación por el arcén no debe superar los 30 kilómetros por hora, y los motoristas deben ceder el paso a los vehículos que, por normativa, tienen prioridad en esta parte de la carretera, como son las bicicletas.

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Esta medida pretende no solo mejorar la fluidez del tráfico para los usuarios de motocicletas sino también aumentar la seguridad al proporcionar un marco legal claro para una práctica ya extendida. Además, se busca equilibrar la movilidad en carretera, otorgando a los motoristas una mayor libertad de movimiento sin comprometer la seguridad de otros usuarios de la vía.

Motocicletas
Motocicletas

Otro vehículos autorizados

La actualización del Reglamento General de Circulación abarca también la circulación excepcional por el arcén de vehículos de emergencia y rescate, como ambulancias, coches policiales y de bomberos. Con esto, la DGT aspira a optimizar los tiempos de respuesta de estos servicios críticos, mejorando la eficacia de sus operaciones.

La circulación de motos por el arcén ha sido una demanda prolongada por parte de colectivos de motoristas, que argumentaban que el aprovechamiento legal de esta parte de la carretera podría solventar parcialmente los problemas de tráfico en zonas urbanas y autopistas. Tras años de debate y propuestas, este cambio normativo representa un reconocimiento a las particularidades de la movilidad en moto y un esfuerzo por adaptar las regulaciones a la realidad de las carreteras.

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La DGT comunicará detalladamente cómo y cuándo los motoristas pueden empezar a acogerse a esta nueva regulación, orientando sobre las prácticas seguras y responsables para circular por el arcén. Se espera que este ajuste normativo contribuya a una circulación más ágil y segura, reflejando un enfoque modernizado hacia la gestión del tráfico y la movilidad urbana.

La DGT invertirá 975.000 euros en 15 radares móviles capaces de multar hasta en seis carriles.
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