Cuándo podrán circular las motos por los arcenes: la DGT ya ha puesto fecha

Pese a que esta acción suele ser bastante común, hasta ahora circular por el arcén conllevaba multas de hasta 200 euros. La DGT modificará su reglamento de circulación con un nuevo Real Decreto

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La DGT permitirá a las motos circular por el arcén en situaciones de congestión. (Alejandro Martínez Vélez/Europa Press)

En las grandes ciudades, y principalmente en sus autopistas, es común observar cómo vehículos de dos ruedas adelantan entre carriles o sobrepasan por el arcén a los coches en situaciones de congestión. Pese a que sea algo habitual, se trata de una práctica recogida en los códigos de circulación como ilegal, con sanciones que se elevan hasta los 200 euros. Tras varios años de protestas desde el colectivo de motoristas, y diferentes promesas por parte de la DGT, próximamente se aprobará un nuevo Real Decreto que permitirá la circulación de motos por los arcenes, cumpliendo una serie de condiciones. La implementación de esta nueva regulación no solo representa un avance en la consideración hacia los motoristas, sino que también promueve una mayor fluidez en el tráfico.

La confirmación ha sido publicada desde la propia DGT en su revista oficial, Tráfico y Seguridad Vial. Anuncian modificaciones sustanciales en el Reglamento General de Circulación, que se regularán pronto con un nuevo Real Decreto. Se estima que entre en vigor a partir de enero de 2025. Entre las diferentes modificaciones figuran iniciativas o proyectos como la prohibición de circular por el carril izquierdo en autovías en caso de nevadas o condiciones extremas; la autorización a que los vehículos prioritarios y de auxilio en carretera puedan usar los arcenes o una nueva regulación para un modo de actuación de los conductores para dejar paso a los vehículos de policía o emergencias, según indica el portal web Autopista.

Las motos por el arcén, una protesta que viene de largo

La DGT modificará el capítulo 36 del Reglamento General de Circulación, aquel que afecta a las motocicletas y su circulación por el andén. Se trata de uno de los ajustes mejor recibidos por la comunidad de conductores, pero tiene diversas condiciones que limitan su uso con el fin de proteger la integridad de las personas en las carreteras. En primer lugar, las motos no podrán circular a más de 30 km/h por el arcén, y deberán respetar la prioridad de vehículos obligados por norma como son la bicicleta o los vehículos agrarios.

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En los próximos meses, la Dirección General de Tráfico se encargará de comunicar los detalles y directrices sobre cómo y cuándo se podrá hacer uso de esta nueva disposición. Este cambio normativo es un ejemplo claro de cómo la adaptación de las leyes de tráfico puede contribuir a mejorar la movilidad urbana y responder a las demandas de diferentes colectivos de usuarios de la vía. Con la implementación de esta medida, se espera no solo aliviar la congestión, sino también disminuir los tiempos de viaje para los motoristas, promoviendo así un transporte más eficiente y dinámico en las áreas urbanas.

Todas las actualizaciones de la normativa de la DGT se podrán comprobar en su página web y en su revista oficial, Tráfico y Seguridad Vial, publicada de forma trimestral y descargable en PDF desde su portal.

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