Este miércoles 3 de abril ha empezado oficialmente la campaña de declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. De esta forma, los contribuyentes disponen de casi tres meses para presentar sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Ahora bien, aquellos que prefieran realizar la declaración por teléfono o de manera presencial, es importante que presten atención a los plazos para solicitar cita.
Una vez completada la declaración de la Renta, los contribuyentes se enfrentan a dos posibles escenarios: recibir un reembolso por parte de la Agencia Tributaria si las retenciones de IRPF pagadas superan la cuota debida, o efectuar un pago al organismo si la cuota efectiva es inferior a la debida. Por este motivo, es muy importante tener en cuenta los gastos deducibles al momento de elaborar la declaración de la Renta, ya que estos pueden reducir el monto a pagar por el impuesto sobre la renta. Entre los gastos deducibles más frecuentes se encuentran aquellos relacionados con el alquiler de vivienda.
Cómo incluir el alquiler en la Renta
Desde 2015, la posibilidad de deducir el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal ha sido eliminada. Sin embargo, se ha implementado una disposición transitoria que permite mantener esta deducción en determinadas circunstancias. Para poder beneficiarse de estas deducciones, es necesario cumplir con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
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En primer lugar, la deducción por alquiler solo es aplicable si se dispone de un contrato de arrendamiento firmado antes del 1 de enero de 2015, según señala la propia entidad. Además, es fundamental haber abonado todas las cuotas correspondientes al alquiler de la vivienda antes de la fecha de presentación de la declaración.
El segundo requisito establece que únicamente “si has tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015″ te puedes acoger a esta ventaja fiscal. Es decir, además de la fecha del contrato, es necesario haber tenido derecho a la deducción por el alquiler desde hace un tiempo mínimo de ocho años. Así, los contribuyentes que cumplan con ambos requisitos se podrá deducir hasta un 10,05% del alquiler. e los pagos realizados durante el año fiscal por el alquiler de la vivienda principal. Ahora bien, los ingresos anuales no deben exceder los 24.107,20 euros.
Deducciones autonómicas del alquiler
La mayoría de las regiones ofrecen deducciones relacionadas con el alquiler, aunque están dirigidas principalmente a grupos específicos como jóvenes, personas mayores de 65 años o con discapacidad.
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Una vez que el contribuyente confirma que puede aplicar la deducción, debe localizar la casilla correspondiente al alquiler en su declaración, que varía según el tipo de deducción y la comunidad autónoma de residencia.