Queda menos de una semana para que el 3 de abril comience la campaña de la Renta del ejercicio 2023, que durará hasta el 1 de julio. Este año trae novedades importantes para los contribuyentes que deben cumplir con el fisco, entre las que destacan las dirigidas a los autónomos y las deducciones destinadas a familias, empresas de nueva creación y al ahorro en planes de pensiones de empleo, entre otras.
Los autónomos son los que más cambios experimentarán en la declaración de este año, ya que, a diferencia de años anteriores, todos tienen que presentarla, independientemente de que no lleguen a los ingresos mínimos y del periodo en que se hayan dado de alta. Hasta ahora, solo tenían que declarar IRPF aquellos que hubieran obtenido unos beneficios superiores a los 1.000 euros anuales. Asimismo, se eleva el porcentaje de los gastos de difícil justificación del 5% al 7%, con un máximo de 2.000 euros.
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En este caso, “es importante señalar que solo tienen derecho a este incremento los autónomos que realicen actividades profesionales, no empresariales, y que lo hagan por el régimen de estimación directa, quedando, por tanto, excluidos los que lo hagan por módulos”, indica Antonio Gallardo, experto de Banqmi.
Además, “los autónomos que determinen su rendimiento neto mediante el método de estimación objetiva podrán aplicar una reducción general del 10%, en lugar del 5% anterior”, explica Benja Anglès, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) e investigador de Taxbusiness. Otro cambio que beneficia a los autónomos que trabajan desde casa es que tendrán una deducción del 30% de los gastos de suministros que estén relacionados con su actividad laboral.
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Uno de los principales problemas que suelen tener los autónomos en cuanto a la declaración de la Renta es que la Agencia Tributaria no tenga la información completa de la actividad que realizan. En este caso, “aunque el autónomo reciba información sobre parte de sus gastos y rendimientos, debe realizar siempre una verificación adecuada para evitar errores y el engorro de realizar rectificaciones o declaraciones complementarias”, explica Antonio Gallardo.
Rendimientos del trabajo
Otra de las novedades de la campaña de este año está relacionada con los rendimientos del trabajo. Así, no estarán obligados a declarar los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000 euros brutos anuales, a diferencia de los 14.000 euros anteriores. “Esto siempre que las percepciones del segundo y siguientes pagadores superen los 1.500 euros”, concreta Anglès. Por otra parte, los trabajadores por cuenta ajena que estarán obligados a hacer la declaración son los que tengan rendimientos superiores a los 22.000 euros anuales con un solo pagador.
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También se reducen hasta el 7% las retenciones de los rendimientos del trabajo derivados de elaborar obras literarias, artísticas y científicas, así como de los procedentes de la propiedad intelectual.
Relacionado con el trabajo, aumenta a 0,26 euros por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado y no tributarán los importes de los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
Lo que no hay que declarar en esta campaña son los rendimientos del trabajo por labores realizadas en el extranjero en empresas no españolas hasta una cuantía de 60.100 euros. Eso sí, “siempre que haya un impuesto similar en el territorio donde se trabaje o un convenio con España para evitar la doble imposición”, señala el profesor de la UOC.
Deducciones de 1.200 euros por hijo
Otro de los cambios de este año es que se incrementan las deducciones, reducciones y exenciones a las que pueden acogerse determinados colectivos. Así, las madres pueden beneficiarse de una deducción por maternidad de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años, lo que supone cien euros al mes, independientemente de si trabajan o cobran prestación por desempleo.
También pueden aplicarse esta deducción las parejas de progenitores hombres con hijos adoptados o los padres y tutores en caso de muerte de la madre o en caso de que tengan la custodia exclusiva del hijo. Quien no podrá beneficiarse de esta deducción son las familias que cobren el complemento de ayuda a la infancia del ingreso mínimo vital.
Beneficios fiscales al ahorro
Los partícipes de planes de pensiones de empleo también podrán beneficiarse de mejoras fiscales, ya que la deducción de las aportaciones se eleva hasta los 8.500 euros.
También hay una deducción del 20% sobre un máximo de 5.000 euros por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración un mínimo del 7%. Esta deducción se ampliará al 40% sobre un máximo de 7.500 euros por obras que reduzcan el consumo de energía un mínimo del 30% o permitan mejorar la calificación energética a A o B. A ello se suma una deducción del 60% por obras de rehabilitación energética de edificios, con un máximo de 5.000 euros por vivienda y 15.000 euros en total.
Con el mismo enfoque de respetar el medio ambiente, se podrá deducir un 15% del precio de los coches eléctricos comprados el año pasado sobre una base máxima de 20.000 euros y el 15% del coste de instalación del punto de carga, sobre una base máxima de 4.000 euros.
Otras de las deducciones que se incrementan, según Benja Anglès, son por donativos, entre ellos a ONG, donde se desgrava el 80% de los primeros 250 euros y el 45% del resto.
Los que hayan invertido en empresas de nueva o reciente creación podrán deducirse hasta el 50%. También hay una exención de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones de empresas emergentes a sus trabajadores, con un tope máximo de 50.000 euros.
En esta campaña, habrá un aumento en la base del ahorro para rentas superiores a 200.000 y 300.000 euros, que pasarán de tributar al 26% a hacerlo al 27% y 28%, respectivamente.
¿Qué pasa con Wallapop, Vinted o Bizum?
Otro cambio importante este año es que hay que declarar las ganancias que se hayan obtenido por ventas en plataformas digitales como Wallapop o Vinted cuando el precio cobrado sea superior al de compra.
En cambio, como norma general, “no hay que declarar los ingresos recibidos por Bizum, solo hay que hacerlo cuando superen los 10.000 euros anuales, sean rendimientos como alquileres o ingresos de autónomos por el pago de un servicio”, puntualiza Anglès. También hay que declarar las compraventas de criptomonedas en las casillas 1800-1814, además de tener que presentar las declaraciones informativas si se reúnen los requisitos.
Comprobar siempre los datos del borrador
Además de tener en cuenta todas estas novedades, Benja Anglès aconseja a los contribuyentes que pidan el borrador a Hacienda y comprueben que todos los datos que contiene son correctos, ya que “aunque aceptemos los datos que nos facilita Hacienda, si son incorrectos la responsabilidad es nuestra y podemos ser sancionados por los errores u omisiones que contengan”.
También aconseja comprobar los datos bancarios de la domiciliación, no dejar la declaración para los últimos días y, en el caso de un matrimonio, comparar si sale mejor hacer la declaración por separado o de forma conjunta, además de comprobar las deducciones autonómicas.