La multa que te puede poner la DGT por no llevar cadenas cuando es obligatorio

Llevar cadenas en el maletero no es imperativo por ley, salvo que lo indique una señal en carretera o un agente de tráfico

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Nieve sobre un furgón, a 10 de enero de 2024, en Jaca, Huesca, Aragón (España). (Verónica Lacasa/Europa Press)
Nieve sobre un furgón, a 10 de enero de 2024, en Jaca, Huesca, Aragón (España). (Verónica Lacasa/Europa Press)

La inestabilidad que ha dejado a su paso la borrasca Nelson se mantendrá este sábado en la Península y Baleares. En este sentido, más de la mitad del país se encuentra en alerta amarilla ya sea por lluvia, viento o nieve.

Respecto a las principales acumulaciones de nieve, la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) informa que se producirán en el Pirineo oscense y la cordillera Cantábrica en León, con 10 centímetros en 24 horas, seguido de las zonas de montaña de Madrid, Segovia, Ávila, Zamora, Burgos, Palencia, La Rioja, Soria, donde podrían llegar a 5 centímetros en 24 horas.

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Cuándo es obligatorio el uso de cadenas

El uso de las cadenas o ruedas de invierno es obligatorio siempre que se acceda a lugares de montaña o una carretera con presencia de nieve. En este sentido, la dirección General de Tráfico recuerda que la información sobre el estado de las carreteras puede consultarse en todo momento a través de su página web (infocar.dgt.es).

La DGT invertirá 975.000 euros en 15 radares móviles capaces de multar hasta en seis carriles.

Tráfico también informa de la situación de la circulación en los boletines informativos en emisoras de radio y otros medios de comunicación, en Twitter @DGTes y @informacionDGT. La información está actualizada durante las 24 horas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y los responsables de los Centros de Gestión de Tráfico de la Dirección General de Tráfico.

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Cuánto es la sanción

Llevar cadenas en el maletero no es obligatorio por ley, pero en caso de que lo indique una señal en carretera o un agente de tráfico será imperativo ponerlas. En este sentido, si un vehículo accede a una vía como las descritas anteriormente sin cadenas o neumáticos de invierno, podría enfrentarse a sanciones, por lo que Tráfico siempre recomienda llevarlas en el maletero durante los meses más fríos del año.

Según indica la DGT, la multa por no equipar las cadenas cuando es necesario es de 200 euros. Para conocer con antelación si será necesario el empleo de estas, Tráfico establece un código de colores cuando exista previsión de nieve, que variará según su dificultad.

Si la vía está marcada en verde, podrá circular con cierta normalidad, a excepción de los camiones, cuya recomendación será circular por la vía derecha y evitar adelantamientos. La señal amarilla, que hará referencia a una vía cubierta parcialmente por nieve, prohibirá circular a camiones y a vehículos equipados. Para el resto de vehículos se pide precaución.

En el caso de la señal rojo (carretera cubierta de nieve), estará prohibida la circulación de los camiones, vehículos equipados y autobuses. Es en esta situación donde es necesario el uso de las cadenas o neumáticos de invierno (antideslizantes).

Si la carretera está marcada en negro, la vía será inaccesible por cualquier modo, ya que indica que la vía tiene mucho espesor de nieve, a la espera del paso de las máquinas quitanieves que la habilite de nuevo.

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