Esta es la multa que te pueden poner por irte de la gasolinera sin pagar la gasolina

Los castigos dependen de la gravedad del delito, por lo que en este caso se tendrá en cuenta el valor de la gasolina sustraída para establecer la sanción

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Una persona reposta en una gasolinera. (Gustavo Valiente - Europa Press)
Una persona reposta en una gasolinera. (Gustavo Valiente - Europa Press)

En España, abandonar una gasolinera sin haber pagado la gasolina que se ha repostado implica enfrentarse a serias consecuencias legales que se reflejan en el Código Penal. Esta infracción no solo es un acto éticamente reprochable, sino que también está clasificada legalmente como delito de hurto, robo o estafa y, dependiendo de las circunstancias, está sujeta a una sanción que oscila entre una multa o las penas de cárcel.

Como toda sanción penal, los castigos dependen de la gravedad del delito, por lo que en este caso se tendrá en cuenta el valor de la gasolina sustraída para establecer la sanción. Según recuerda el RACE en su página web, hay quien piensa que la multa puede llegar a ser menor que el valor de llenar el depósito, pero es importante recordar que “esto nunca es así”.

En consecuencia, si la cantidad de gasolina sustraída tiene un valor inferior a 400 euros, la ley lo cataloga como una falta leve de estafa, mientras que cantidades superiores elevan la infracción a delito grave. Incluso las omisiones involuntarias, donde el conductor se aleja sin notar que no ha efectuado el pago, entran dentro de esta tipificación.

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Las penas incluyen multas diarias establecidas generalmente en 10 euros, que pueden ser ajustadas por el juez y que se aplican por un periodo de uno a tres meses, además del reintegro de la deuda y costes procesales para los casos leves. A aquellos reincidentes que cometan el delito más de tres veces se les podría aplicar una pena de prisión de uno a seis años y multas diarias de seis a doce meses, asegurando así un castigo más severo.

El hecho de que sea un delito tipificado en el Código Penal implica que no se dispone de la posibilidad de acceder a un descuento por pronto pago, ya que este solo es posible cuando la multa proviene de la vía administrativa (es decir, sanciones de la Policía, la Guardia Civil o un Ayuntamiento). Por ello, será necesario abonar la cantidad íntegra determinada por el juez.

La mala suerte y el “reconocimiento de deuda”

Pero también puede suceder la desafortunada situación en la que, una vez repostado el vehículo, se dé uno cuenta de que no tiene el dinero suficiente para poder pagar la gasolina, bien porque se haya olvidado la cartera en casa o porque el sistema de pago se haya caído y no se tenga efectivo... las situaciones pueden variar, pero el RACE recuerda que “lo último” que se debe hacer es huir sin pagar el combustible, porque las autoridades identificarán al fugitivo y el castigo será más severo.

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Si en un momento de mala suerte, se da la circunstancia de que se está en un momento como este, sin dinero y con la gasolina ya repostada, existe un formulario en las gasolineras conocido como documento de “reconocimiento de deuda” en el que se deberá hacer constar los datos personales del conductor (nombre y apellidos, DNI y teléfono de contacto, así como la marca, el modelo y la matrícula del vehículo), el importe adeudado y el plazo que la estación de servicio otorga al cliente (normalmente 24 horas). Si, pasado ese plazo, no se ha hecho efectivo el pago, se procederá a denunciar a dicho conductor.

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