La implantación del índice de precios de referencia el 16 de marzo para limitar el coste de los alquileres en 140 municipios tensionados de Cataluña producirá un incremento de la oferta de viviendas en venta y de la firma de hipotecas, auguran los analistas.
La aplicación de la nueva fórmula provocará un cambio de estrategia de muchos propietarios que hasta ahora se inclinaban por poner sus viviendas en alquiler y que, ante la posibilidad de sacar menos rentabilidad a sus inmuebles al verse obligados a topar las rentas, decidan sacarlos al mercado de compraventa.
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“Hoy en día hay un problema de oferta. Hay mucha demanda de compraventa de viviendas, pero poco stock. Es de lo que se quejan las principales inmobiliarias, que venden a buen ritmo, pero necesitan productos. Por lo que ahora, con este tope a los precios del alquiler, veremos como van entrando, progresivamente, nuevas viviendas al mercado de la compraventa, haciendo crecer, naturalmente, el número de hipotecas, porque el problema que tenemos es de oferta y no de demanda”, detalla Ricardo Gulias, CEO de la empresa de intermediación hipotecaria RN Tu Solución Hipotecaria.
El salto al mercado de la compraventa que darán muchos propietarios tendrá una consecuencias negativa para los inquilinos, asegura Gulias, debido a que provocará una reducción del parque de viviendas en renta: “Los inversores se mostraron más cautos, pues si la rentabilidad de los productos es menor, no van a querer invertir en alquiler”, comenta el experto. Cree que “la ley es totalmente contraproducente para los inquilinos”.
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Hacer asequibles los alquileres, objetivo del índice
El nuevo índice, una de las medidas estrella del Gobierno recogida en la Ley de Vivienda, tiene como objetivo impulsar una bajada drástica de los alquileres en las zonas tensionadas de las comunidades autónomas que soliciten su implantación, por el momento solo en Cataluña. Además “facilitará el acceso a la vivienda en renta” y “acabará con movimientos especulativos por parte de los grandes tenedores de vivienda”, según manifestó el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, en la presentación del índice.
El índice consiste en un sistema de rango de precios de alquiler que establece precios máximos y mínimos a partir de las características que tengan las viviendas de esas zonas tensionadas, como la superficie, el estado conservación, si tiene ascensor o no, aparcamiento, año de construcción o zonas comunes.
Pero no todas las viviendas situadas en estas zonas se verán afectadas por el índice. Afectará al alquiler nuevo cuando el propietario de la vivienda sea un gran tenedor, esto es, que tenga más de 10 viviendas o cinco en la misma área tensionada, ya sea persona física o jurídica. En estos casos el precio máximo de la renta no podrá superar el índice.
Los pequeños propietarios de inmuebles en renta también sufrirán una limitación de precios del alquiler cuando se trate de un alquiler nuevo de una vivienda que no ha sido alquilada en los últimos cinco años. En este caso, el precio máximo de los nuevos contratos tampoco podrán superar el índice, tanto si el casero es un gran tenedor o un pequeño propietario.
Mientras que en casos de alquileres nuevos de viviendas de pequeños propietarios, las rentas deberán mantenerse igual que el precio del contrato anterior, pudiendo incrementarse el porcentaje que corresponda a la actualización del alquiler, que este año es del 3%. En este caso, el casero podrá mantener el precio del alquiler anterior incluso si la mensualidad es más alta que el máximo indicado por el índice de referencia.