Tres meses. Este es el tiempo del que dispondrán los contribuyentes de España para presentar la declaración de la Renta 2023-2024. El 3 de abril empieza la campaña de la Agencia Tributaria, que se extenderá hasta el próximo 1 de julio. Por ello, es fundamental que quienes tengan que realizar el borrador hayan preparado antes todos los documentos que necesitan para no cometer errores y, por ende, exponerse a una multa de Hacienda. De ahí la importancia de conocer cómo puede saberse cuál es la referencia catastral de una vivienda.
Los ciudadanos podrán llevar a cabo este trámite por tres vías distintas: online, telefónica o presencial. Con el objetivo de que el resultado sea lo más favorable posible, existen diversos tipos de deducciones que pueden aplicarse como, por ejemplo, si se ha hecho una donación, se ha alquilado el domicilio habitual, se ha invertido en dispositivos que facilitan el ahorro de agua en el hogar o se dispone de un plan de pensiones.
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Pero la declaración de la Renta solo tendrán que hacerla las personas que hayan obtenido más de 22.000 euros anuales durante el pasado ejercicio fiscal o, en su caso, los 14.000 euros anuales de un primer pagador y los 1.500 euros anuales de un segundo. Es por ello que se ha de tener en cuenta cómo es posible desgravar el máximo por la vivienda, ya esté en propiedad o en alquiler.
Cuánto puedes desgravarte si vives de alquiler
El 1 de enero de 2015, la Agencia Tributaria eliminó la posibilidad de desgravarse el alquiler de la vivienda común, a excepción de dos casos concretos en los que los inquilinos aún pueden beneficiarse de esta deducción. Así, se les permite descontar el 10,05% de las cantidades pagadas durante el período fiscal, siempre y cuando su base imponible no supere los 24.107,20 euros anuales. Las dos circunstancias en las que esto es aplicable son:
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- Si el contrato de arrendamiento se firmó antes del 1 de enero de 2015 y el inquilino ha pagado el alquiler de su vivienda habitual.
- Si el inquilino ha tenido derecho a deducir el alquiler de su vivienda habitual en períodos fiscales anteriores al 1 de enero de 2015, independientemente de la fecha del contrato de arrendamiento.
Las deducciones para la Renta si has alquilado tu vivienda
El propietario de un inmueble destinado al alquiler solo está obligado a tributar por los rendimientos netos de su propiedad, es decir, por las ganancias obtenidas tras deducir los gastos asociados a la actividad. Entre los principales gastos que puede desgravarse se encuentran:
- Los intereses y gastos asociados a la hipoteca del inmueble.
- Los costos de reparación y mantenimiento del inmueble.
- Los impuestos relacionados con la propiedad, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Los gastos de comunidad, como los servicios y mantenimiento de áreas comunes.
- La amortización del valor del inmueble.
- Si el inmueble se alquila amueblado.
- Los costos de seguros relacionados con la propiedad, como el seguro de hogar.
- Los gastos relacionados con mejoras energéticas, como la instalación de sistemas de eficiencia energética.
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Así puedes saber cuál es la referencia catastral
El catastro es un registro que contiene información detallada sobre todos los inmuebles que están bajo la jurisdicción del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y la inscripción de un inmueble en el catastro es un requisito obligatorio.
Por lo tanto, aquellos que puedan beneficiarse de alguna de estas dos posibilidades deben proporcionar una referencia catastral en el borrador de su declaración de la Renta. Esta es un código único que identifica cada inmueble, similar a un DNI, compuesto generalmente por 20 dígitos que combinan números y letras. Puede obtenerse de varias maneras:
- A través del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- En la Sede Electrónica del Catastro.
- Solicitándolo en persona.
- Utilizando el programa Renta Web.