Diego (nombre ficticio porque “prefiere no personalizar un problema generalizado”) es un médico jubilado de 82 años. Desde hace tiempo lleva litigando judicialmente para salvar la casa que construyó su abuelo hace 90 años en Cabo de Palos, en Murcia, una vivienda baja situada exactamente a 23 metros del mar. “De momento me han otorgado las cautelares para no derribarla. Pero lo que quería el Estado era sencillamente quitarme las llaves y que encima pagara 60.000 euros por los costes de tirarla”. Diego ha estado este martes en el Senado escuchando como el PP defendía la proposición de ley que los populares han presentado para modificar la Ley de Costas de 1988 y “permitir la pervivencia de conjuntos urbanos costeros de tipología tradicional en terrenos que han pasado a ser de dominio público marítimo-terrestre”.
Lo que quiere el PP es “salvar miles de viviendas”, señala a Infobae España el senador Francisco Bernabé. Y para ello es necesario hacer cambios en la Ley de Costas. “La regresión del litoral que sufre España desde hace años, agravada por los efectos del cambio climático, ha supuesto que determinados núcleos urbanos costeros a lo largo de todo el país, con características culturales, históricas y etnológicas de valor esencial, se hayan visto incluidos en el dominio público marítimo-terrestre”, es decir, en una zona limitada a pie de playa donde no debería haber edificaciones. “No estamos hablando de grandes urbanizaciones. Los núcleos, a los que busca referirse esta proposición de ley, están conformados por edificaciones de baja densidad, muy identificadas con el entorno paisajístico de donde se ubican y asociadas a un modo de vida marinero”, explica Bernabé.
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Hay varias fechas claves para entender este asunto. En 1988 se aprobó la Ley de Costas, bajo el Gobierno de Felipe González, que ilegalizaba las casas construidas hasta la fecha sobre la arena, lo que se bautizó como dominio público marítimo-terrestre. El Estado decidía así recuperar espacio que consideraba público, pero lo hizo con una moratoria. En vez de expropiar, concedió 30 años más de uso para los propietarios. Un plazo que acababa en 2018. Es decir, los dueños de esas casas pasaron a tener una concesión por la que no pagaban un canon. A los 30 años, ampliables a 60 en algunos casos, la casa debía pasar al Estado para demolerla. Pero en octubre de 2012, el Gobierno del PP aprobó una reforma de la ley que alargaba esa moratoria 75 años más. Luego sumó a la regulación sobre la materia el Reglamento General de Costas de 2014, dos años más tarde.
Estos 75 años, sumados a los 30 de concesión ya existente, hacía que las casas construidas legalmente antes de la ley de 1988 en dominio público se perpetuaran en el tiempo. Con la reforma, los propietarios (que pasaron a ser concesionarios) de las casas podían venderlas y hacer obras (siempre que no aumentasen de volumen ni de superficie). Eso sí, no se podían construir nuevas edificaciones. Pero en 2018, ya con Pedro Sánchez en el Gobierno, el Ministerio de Transición Ecológica creó una guía que establecía distintas clases de prórrogas en función de determinados criterios como la erosión de la playa o la subida del nivel del mar. Es decir, que las prórrogas se iban a estudiar caso a caso.
Hay que destacar que ya 2016 (con Rajoy gobernando) la ‘Estrategia de adaptación al cambio climático de la costa española’ destacaba la “desmesurada urbanización” del litoral. “A principios del siglo XX solo se utilizaba el 12% del suelo litoral español, en 1950 la ocupación había llegado al 20%; en 1988 esta cifra ascendió al 55% con nuevas ciudades, instalaciones agrícolas e industriales. Y ya en 2006, más del 75% de la costa estaba urbanizada”. En teoría, los concesionarios (los propietarios) tienen derecho a solicitar la prórroga de 75 años, pero esta no es automática, sino que hay que evaluar las condiciones de cada edificación.
El Gobierno intentó clarificar más la situación con el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, que modificaba a su vez el Reglamento General de Costas de 2014. Este decreto determinaba los plazos de duración de las concesiones y sus posibles prórrogas, en función de varios elementos: la naturaleza de la actividad de la edificación en cuestión, características del tramo de costa donde se ubica, los posibles impactos sobre las especies y ecosistemas marinos y costeros, efectos sobre la erosión costera, efectos previsibles del cambio climático, ubicación en ribera del mar o fuera de esta... El Supremo, no obstante, anuló el mes pasado este decreto por un defecto de forma. “Nuestra intención es volver a tramitarlo. El Supremo no critica el fondo del mismo, sino la forma, ya que no hubo trámite de consulta pública”, explica un portavoz del ministerio.
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La Ley de Costas establece además una servidumbre administrativa para la defensa e integridad del dominio público marítimo-terrestre denominada ‘servidumbre de protección’ que recae, con carácter general, sobre una zona de 100 metros medida tierra a dentro desde el límite interior de la ribera del mar. En esta zona existe propiedad privada, pero se limitan las instalaciones y obras permitidas. Para el PP, “está fuera de toda duda que la legislación sobre costas debe proteger y garantizar el dominio público sobre la zona marítimo-terrestre, pero no es menos cierto que la falta de suficientes medidas de protección de este durante décadas en las que la regresión litoral se ha ido agravando ha dejado dentro de este dominio inmuebles urbanos destinados a residencias unifamiliares o pequeños comercios consolidados”. Según el senador Bernabé, solo en la costa mediterránea se estiman en 10.000 los inmuebles afectados. Edificaciones que “ya forman parte del patrimonio histórico, cultural y paisajístico de nuestras costas, que les otorgan valores que se deben preservar conciliándolas con el dominio público”.
Los populares ponen como ejemplos el poblado marítimo de Torre La Sal en Cabanes, les Casetes de la Mar de Nules, de Almenara o de Xilxes, en la provincia de Castellón, los de Puntas de Calnegre, Puerto de Mazarrón, Cabo de Palos y Los Nietos, en la Región de Murcia; les Casetes de Vorera en Menorca; Punta Larga y El Faro en Fuencaliente, en la Isla de La Palma; o El Altillo, Casas Quemadas, La Barranquera, Telde o Tufia, en Gran Canaria. Estos núcleos no gozan de ninguna particularidad en el tratamiento en la legislación de costas, se lamentan desde el PP, que piden en la proposición de ley “un abrigo legislativo” para esos núcleos urbanos que, una vez identificados, “se reconocen con valores propios en cada caso y requieren de herramientas que permitan evitar expedientes de desocupaciones o derribos”. El PP espera aprobarla con su mayoría en el Senado, pero luego debe ser discutida y enmendada en el Congreso para ser aprobada y volver de nuevo al Senado para ser ratificada. “Estamos esperanzados de que salga adelante”, concluye Bernabé.
De momento, el primer paso se consiguió este martes en el Senado. PP, Vox, UPN, Junts, Compromís, Socialistas de la Gomera y Agrupación Herreña Independiente votaron a favor. Solo PSOE y PNV votaron en contra. ERC y Bildu se abstuvieron.