Los requisitos para cobrar la pensión de jubilación y ser titular de un negocio

La legislación española prevé esta situación y establece ciertos requisitos y limitaciones que buscan equilibrar el derecho a la jubilación con la actividad empresarial

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Los requisitos para cobrar la pensión de jubilación y ser titular de un negocio (FreePik)
Los requisitos para cobrar la pensión de jubilación y ser titular de un negocio (FreePik)

En un contexto donde el emprendimiento y la permanencia activa en el ámbito laboral se extienden cada vez más allá de la edad de jubilación, la compatibilidad entre cobrar una pensión de jubilación y ser titular de un negocio se convierte en una cuestión de creciente interés para muchos. La legislación española prevé esta situación y establece ciertos requisitos y limitaciones que buscan equilibrar el derecho a la jubilación con la actividad empresarial.

Ser titular de un negocio implica asumir una serie de responsabilidades y realizar actividades que están intrínsecamente vinculadas a la gestión y dirección de la empresa. Sin embargo, es posible compatibilizar la pensión de jubilación con la titularidad de un negocio, siempre y cuando se delimiten claramente las funciones inherentes a dicha titularidad, de acuerdo con la normativa mercantil aplicable a la actividad empresarial.

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El empresario, ya sea individual o socio de una sociedad mercantil, puede llevar a cabo cualquier función que considere conveniente o necesaria para la consecución de los fines del negocio. Sin embargo, es común que delegue tareas en otras personas, ya sea porque no pueda o no desee involucrarse directamente en la gestión cotidiana de la empresa. De acuerdo con la normativa, para mantener la compatibilidad con la pensión de jubilación, el empresario no necesita desempeñar una actividad personal directa en el negocio; basta con que la empresa opere en su nombre, le atribuya las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones que se generen, así como los riesgos y beneficios derivados de la actividad empresarial.

Sin embargo, existen claras restricciones en cuanto a las actividades que el titular de un negocio puede realizar sin afectar su pensión de jubilación en el régimen de trabajadores autónomos (RETA). Cualquier actividad que implique gestión, administración y dirección ordinaria de la empresa se considera incompatible con la percepción de la pensión de jubilación del RETA. Por ejemplo, acciones como la firma de contratos en general, acuerdos colectivos, representación de la empresa en juicios y otros contextos externos, o la firma de avales, entre otras, requerirían del empresario darse de alta nuevamente en el sistema de la Seguridad Social.

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Esta delimitación de actividades busca preservar la esencia de la jubilación, entendida como un retiro de la vida laboral activa, al tiempo que permite a los empresarios continuar vinculados a sus negocios sin ejercer un papel activo en la gestión diaria de los mismos. Dicho de otra manera, un jubilado podría mantener la titularidad de su negocio y beneficiarse de su rendimiento económico, siempre que las actividades de gestión, administración y dirección sean delegadas a terceros.

La compatibilidad entre la percepción de una pensión de jubilación y la titularidad de un negocio subraya la importancia de entender y respetar los límites establecidos por la legislación, para asegurar que los derechos al descanso y beneficios económicos tras una vida de contribuciones laborales se preserven adecuadamente. Además, refleja la necesidad de adaptar el marco legal a las realidades económicas y sociales contemporáneas, donde la actividad empresarial no se detiene necesariamente al alcanzar la edad de jubilación.

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