Este lunes, el Diario Oficial de Galicia ha publicado una nueva regulación que permite a los veterinarios solicitar medicamentos de uso exclusivamente hospitalario para seres humanos, con el fin de ser aplicados en animales, en aquellos casos donde no exista una alternativa terapéutica disponible. Este decreto, que entrará en vigor el próximo 31 de marzo, busca ofrecer una solución ante la ausencia de medicamentos específicos para ciertas condiciones en animales, mediante el uso de fármacos de “prescripción excepcional” debido a un “vacío terapéutico”.
Para garantizar una gestión adecuada de estos medicamentos, el suministro se deberá realizar a través de oficinas de farmacias que cuenten con autorización legal y que estén vinculadas con la clínica u hospital veterinario donde se prescriba el tratamiento. Asimismo, se destaca que cualquier suministro debe estar precedido de una prescripción previa, garantizando en todo momento que el abastecimiento para uso humano no se verá comprometido.
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Las clínicas y hospitales veterinarios tendrán la obligación de adquirir únicamente la cantidad necesaria del medicamento para completar el tratamiento del animal en cuestión. Para ello, el decreto establece dos procedimientos específicos según la naturaleza del fármaco solicitado: uno de autorización, necesario para medicamentos como antineoplásicos e inmunomoduladores, que requieren de una aprobación previa; y otro de comunicación previa para aquellos fármacos que no entran en la categoría anterior.
Los antimicrobianos se quedan fuera
Esta nueva normativa excluye específicamente a los antimicrobianos reservados para tratar infecciones en humanos, como ciertos antibióticos de uso restringido. Además, se implementarán mecanismos de control específicos para los fármacos autorizados para estimular la eritropoyesis, con el fin de prevenir su uso en prácticas de dopaje. Los veterinarios deberán, en estos casos, presentar una declaración anual sobre la cantidad de medicamentos suministrados.
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Asimismo, se hará un seguimiento y control específicos sobre los fármacos que estén autorizados para estimular la eritropoyesis, por emplearse en la lucha contra el dopaje. En este caso, los veterinarios deberán presentar una declaración anual con el número de envases suministrados.
La regulación también contempla un régimen de responsabilidades tanto para las farmacias, que deberán asegurar el suministro y la correcta gestión de los medicamentos, como para los veterinarios, quienes serán responsables de la seguridad del tratamiento, así como del registro de la información relevante sobre el animal y su propietario. Además, se establece la obligación de conservar las copias de las prescripciones durante un período de cinco años, asegurando así un seguimiento adecuado y la trazabilidad de los tratamientos administrados.