UGT y CCOO ganan la batalla a Iberdrola: la Audiencia Nacional declara ilegal la doble escala salarial para nuevas contrataciones

Esta resolución tiene un especial valor teniendo en cuenta la extraordinaria complejidad de la regulación laboral en Iberdrola que ha dificultado al extremo la demanda

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El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán.
El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán.

La Audiencia Nacional ha declarado ilegal la escala salarial reducida un 10%, que Iberdrola aplica a los trabajadores ingresados desde el 1 de enero de 2021. La firma del vigente VIII Convenio Colectivo de Iberdrola por parte de las organizaciones SIE, ATYPE y USO que, en otoño de 2020, supuso la aplicación de una doble escala salarial que llevó a los sindicatos CCOO y UGT a acudir el pasado mes de noviembre a la Audiencia Nacional para que se declarase ilegal la tabla pactada por los sindicatos firmantes dado que el acuerdo suponía una disparidad retributiva injustificada y perpetua que se establece entre los trabajadores/as incluidos en un mismo rango y ámbito de aplicación, motivada únicamente por su fecha de ingreso.

En su escrito, que con fecha 29 de febrero de 2024, la Audiencia Nacional dictamina la nulidad e ilegalidad de la tabla de salarios fijos que se aplica a las nuevas incorporaciones a partir del 1 de enero de 2021. En la sentencia determina que “queda acreditada la existencia de una doble escala salarial ilegal por no encontrarse justificada” y proyectar “hacia el futuro estableciendo dos escalas salariales cuya justificación no se nos parece razonable”.

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La empresa junto con las organizaciones firmantes SIE, ATYPE y USO se opusieron a la demanda y negaron la existencia de la doble escala y justificaron la bajada del salario del 10% a todas las incorporaciones en el “contexto económico negativo” y los “salarios de la empresa superiores a los de los competidores”, además de alegar una supuesta “vulneración de la libertad sindical”, intentar justificar un supuesto “derecho adquirido”, entre otros argumentos.

La resolución favorable de la Audiencia Nacional tiene un especial valor teniendo en cuenta la extraordinaria complejidad de la regulación laboral en Iberdrola que ha dificultado al extremo la demanda, tal y como señalan los magistrados en su sentencia. Las comunicaciones de recursos humanos en el entorno de la firma del convenio reconociendo la existencia de dos tablas salariales -presentadas como prueba- han sido determinantes para la resolución favorable que beneficiará directamente a más de 1.400 trabajadores de la energética, así como a las nuevas incorporaciones.

Alta conflictividad y ambiente laboral

Esta actuación se suma a otras llevadas a cabo en los últimos años, encabezadas por CCOO y UGT como una revisión salarial justa. A pesar del alto entorno inflacionista y los altísimos beneficios, Iberdrola mantiene sobre su plantilla una congelación salarial de facto con revisiones salariales máximas del 0,7%. Esta reivindicación está suponiendo una conflictividad sin precedentes, con importantes y continuas movilizaciones por parte de la plantilla que han alcanzado incluso la pasada Junta General de accionistas de Iberdrola, en una de las primeras empresas del IBEX con miles de millones de beneficio neto anual.

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La incapacidad para alcanzar acuerdos y acercar posturas por parte de la dirección de recursos humanos ha deteriorado el ambiente laboral hasta niveles nunca vistos en Iberdrola. Sin embargo, Iberdrola niega permanentemente tal deterioro en las relaciones laborales en sus comunicaciones internas, lo que es un evidente choque con la realidad que está contribuyendo aún más a aumentar el malestar de una plantilla plenamente consciente de la pérdida de poder adquisitivo y la degradación de sus condiciones laborales, año tras año, a pesar de los enormes beneficios.

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