El subsidio por desempleo en la declaración de la Renta 2023-2024: así tributan las ayudas del SEPE

Las prestaciones por desempleo son considerados como rendimientos del trabajo

Guardar
La nueva campaña de la Agencia Tributaria será la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. (Europa Press)
La nueva campaña de la Agencia Tributaria será la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. (Europa Press)

Hacienda ya ha anunciado las fechas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La campaña de la Renta 2023 comenzará el 3 de abril de 2024 y concluirá el 1 de julio del mismo año. Durante este periodo, los contribuyentes podrán acceder al borrador de su declaración y confirmarlo utilizando plataformas electrónicas.

La declaración de la Renta representa un paso crucial para mantener la viabilidad de los recursos públicos. A través de impuestos, tasas y contribuciones especiales, se garantiza la financiación de los servicios administrativos a nivel estatal, autonómico y local. No obstante, es habitual que los contribuyentes se encuentren con diversas complicaciones durante este procedimiento.

Te puede interesar: El Ayuntamiento de Madrid sortea el 19 de marzo 162 viviendas de alquiler asequible para jóvenes y familias con hijos

Es importante destacar que las personas afectadas por la suspensión temporal de empleo o el despido, y que han estado cobrando las prestaciones fiscales del SEPE, también han estado sujetas a tributación en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas(IRPF), al igual que los salios y otras fuentes de ingresos. Por lo tanto, es fundamental considerar las implicaciones fiscales de las prestaciones otorgadas por el SEPE.

Te puede interesar: IBI gratis y financiación al 0% para los dueños de pisos en alquiler asequible de Madrid y rentas un 20% más bajas para los inquilinos

Cómo declarar la prestación por desempleo

Tanto los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) como las prestaciones por desempleo, ya sea por desempleo ordinario o subsidio, son considerados como rendimientos del trabajo y, en consecuencia, deben ser incluidos en la declaración de la Renta.

Aunque esto no conlleva una obligación directa de presentar la declaración, los trabajadores que reciben una prestación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tienen dos fuentes pagadoras: su empleador y el SEPE. Esta situación reduce el límite de ingresos anuales que exige la presentación de la declaración de impuestos. Los límites sin los siguientes:

  • Si hay un solo pagador, la declaración de la renta será obligatoria si el contribuyente supera los 22.000 euros anuales.
  • Si hay dos pagadores, el límite baja hasta los 14.000 euros, excepto si los abonos de todos los pagadores a partir del segundo no alcanzan los 1.500 euros anuales.
Por qué todos los autónomos que se dieron de alta este año están obligados a presentar la Renta en 2024 aun sin tener ingresos mínimos.

Esta es la retención de IRPF que se aplica al paro

El SEPE suele aplicar una retención mínima del 2% al subsidio por desempleo para evitar una reducción excesiva de los ingresos. Sin embargo, al declarar el subsidio en el impuesto sobre la Renta, la retención se ajusta según los tramos del IRPF. Por tanto, es posible que al realizar la declaración, el contribuyente tenga que abonar impuestos pendientes.

No obstante, es esencial considerar que la retención aplicada por el SEPE a la prestación por desempleo no es estática, sino que varía según la normativa fiscal vigente y la situación personal de cada contribuyente. Por último, cabe destacar que los interesados pueden utilizar el simulador disponible en el sitio web de la Agencia Tributaria para calcular las retenciones que les corresponderían.

Guardar