Esto es lo que tienes que revisar en tu nómina para no pagar de más en la declaración de la Renta

La campaña de la Agencia Tributaria comienza el 3 de abril, por lo que los contribuyentes deben supervisar antes un apartado concreto del sueldo que les ingresa su empresa por el trabajo que realizan

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La nueva campaña de la
La nueva campaña de la Agencia Tributaria será la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. (Europa Press)

En apenas una semana, España estará inmersa en una nueva campaña de la Agencia Tributaria, la más larga de los últimos años, ya que se prolongará hasta el 1 de julio. El próximo 3 de abril, los contribuyentes podrán empezar a realizar la declaración de la Renta 2023 - 2024. Aunque son muchas las deducciones que pueden aplicar para obtener un resultado más favorable, conviene revisar a fondo ciertas cuestiones de la nómina para no pagar más de lo debido tras rendir cuentas con Hacienda.

Una de las principales rebajas a las que se puede recurrir al hacer la declaración es a la que existe para las personas que han realizado una donación. A esto se une, por ejemplo, el beneficio del que pueden disfrutar quienes hayan arrendado la vivienda habitual, hayan invertido en dispositivos domésticos que ayudan al ahorro del agua o, incluso, quienes cuenten con planes de pensiones.

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Además, los trabajadores disponen de un mecanismo con el que, cada mes, adelantan a Hacienda una parte del pago que les corresponde. Este es el caso de las retenciones del IRPF, un porcentaje que se suele fijar en la nómina y que la empresa aparta cada mes. De ahí que sea fundamental revisar la casilla correspondiente para resolver posibles errores (si es necesario), añadir información adicional y evitar multas, que pueden llegar a ser muy elevadas.

Qué debes mirar en la nómina para la campaña de la Renta 2023-2024

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Los trabajadores deben realizar contribuciones mensuales a la Agencia Tributaria a través de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en su nómina. Estas se ajustan incluso antes de que comience el período fiscal para garantizar que se adaptan al perfil tributario del individuo. La determinación del porcentaje adecuado varía según las circunstancias personales de cada persona y, para el año 2023, se han establecido hasta seis tramos de referencia:

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  • De 0 a 12.450 euros: retención del 19%.
  • De 12.450 a 20.199 euros: retención del 24%.
  • De 20.200 a 35.199 euros: retención del 30%.
  • De 35.200 a 59.999 euros: retención del 37%.
  • De 60.000 a 299.999 euros: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

Cómo puedes evitar que la declaración te salga a pagar

Existen dos métodos principales para
Existen dos métodos principales para definir la cifra adecuada de IRPF. (Freepik)

Para garantizar que la declaración de la Renta no tiene como resultado un pago adicional indeseado, los contribuyentes deben optar por una tasa de retención ajustada a sus circunstancias económicas. Existen dos métodos principales para definir la cifra adecuada de IRPF: el primero implica confiar en el cálculo de la empresa, basado en los datos personales del empleado, mientras que el segundo consiste en utilizar el simulador en línea ofrecido por la Agencia Tributaria.

Hay que tener en cuenta que la tasa de retención correcta puede variar significativamente dependiendo de la situación personal, como el estado civil -soltero o casado-, la existencia de cargas familiares, o incluso la simultaneidad de empleos a tiempo completo y parcial dentro del mismo año fiscal. Es imprescindible, en caso de cambiar de trabajo, comunicar de inmediato la tasa de retención preferida a la nueva empresa para prevenir discrepancias futuras.

Es posible que el IRPF calculado por la empresa difiera del obtenido en el simulador de Hacienda. En tal caso, el empleado tiene la opción de solicitar una revisión de la tasa a su departamento de Recursos Humanos. No obstante, si no se realiza ningún cambio, el contribuyente deberá estar preparado para cubrir cualquier diferencia que la Agencia Tributaria pueda reclamar al finalizar el año fiscal.

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