La legislación española contempla diferentes situaciones en las que el trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo por “causa de fuerza mayor”. Las enfermedades, las consultas médicas y la hospitalización durante unos días determinados forman parte de estos supuestos, garantizando la misma cuantía de sueldo para el empleado.
Estas ausencias pueden ser reguladas por medio de un convenio colectivo específico de la profesión o mediante un acuerdo entre la empresa y su representación legal de los trabajadores. Y siempre y cuando el trabajador justifique su ausencia de forma correcta, no debería haber problema, y decimos “debería” porque cada vez son más comunes los casos en los que los empleadores hacen caso omiso de la ley.
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No contar en el contrato con el derecho a ausencia por enfermedad es, simplemente, ilegal. Por ello, cualquier trabajador que sufra esta situación debe denunciarlo. Precisamente, el influencer del sector de la hostelería Jesús Soriano (@soycamarero en sus perfiles de redes sociales), compartió el pasado 1 de marzo un ejemplo de ilegalidad entre jefe y futuro empleado.
“Cuando estés enfermo no te pagaremos”
En un breve extracto de una conversación de WhatsApp, @soycamarero muestra un intercambio entre jefe y futuro trabajador de la empresa. El diálogo comienza con la pregunta del interesado en el puesto sobre cuándo empezaría a trabajar, a lo que el jefe responde detalladamente con los horarios específicos de cada jornada... y con un final inesperado.
“Mañana por la mañana a las 12:00 h. Nosotros trabajamos todo el día. Horario 12:00 h - 17:00 h y 19:00 h - 00:00 h. Hacemos contrato de 6 horas y cuando estés enfermo no te pagaremos. ¿O acaso no podrás venir?”, explica el mensaje.
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Las reacciones no se han hecho esperar. El post de Jesús Soriano cuenta ya con más de 600 retuits en X y más de 4.000 Me Gusta. “Mi pareja trabajó 10 años en un famoso parque de atracciones y si estabas enfermo te lo descontaban. Cuando cambió de trabajo, no quería hacer las vacaciones porque no podía estar un mes sin cobrar. Su jefe le tuvo que explicar que le pagarían igual”, explicó la usuaria @solopasabapo.
“Se aprovechan de que hay necesidad”, “no se cortan un pelo” o “luego se quejan de que no hay camareros” son algunas de las frases que han dejado los usuarios en los comentarios de la publicación.
El caso de la baja por enfermedad en España
El Estatuto de los Trabajadores señala que en casos de bajas médicas por enfermedad común, el trabajador tiene derecho a una prestación económica destinada a cubrir la pérdida de ingresos durante el período de recuperación. Los primeros 3 días de baja no son remunerados. A partir del cuarto día de baja y hasta el vigésimo, corre a cargo del empresario el pago del 60% de la base reguladora del trabajador.
Desde el día 21 en adelante, la Seguridad Social o la muta correspondiente asume el pago de la prestación, elevando la cuantía al 75% de la base reguladora. Estas medidas están diseñadas para ofrecer un soporte económico al trabajador durante su incapacidad temporal por enfermedad común, asegurando así su bienestar y el de su familia.